Amazonas y Bolívar: ¿es imparcial la justicia electoral en Venezuela?

Desde la antigua Roma, la justicia es frecuentemente representada por una diosa de cuya mano derecha pende una balanza para medir las fuerzas a favor y en contra de cada caso. También es común que lleve una espada de dos filos en su otra mano, para simbolizar el poder de la razón y la justicia. Desde el renacimiento, además, la diosa a menudo es presentada con los ojos vendados para simbolizar la fe en que la justicia debería ser aplicada objetivamente, sin miedo ni favoritismos, independientemente de la identidad, el dinero, el poder o debilidad de los involucrados, una justicia ciega e imparcial.

El 30 diciembre de 2015, pocos días después de la realización de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre y apenas un día después de recibir un escrito, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una sentencia mediante la cual suspendía los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los diputados electos en Amazonas y la Región Indígena Sur. Con esa sentencia, quedó denegando el derecho a la representación política de los electores del estado Amazonas y se conculcaron los derechos políticos de los diputados electos, sin resolver sobre el fondo del asunto. La sentencia del TSJ se fundamenta en una impugnación presentada ante la Sala Electoral por la candidata perdedora, Nicia Maldonado. Una sentencia que privilegia los derechos de la demandante sobre los de los candidatos ganadores y los de todo el pueblo del Estado. La demanda se sustentaba en la acusación de que se habrían comprado votos para favorecer candidatos opositores, manipulando la votación libre y secreta de los electores del Estado. Como prueba de ello se presentó una conversación, ilegalmente grabada, supuestamente entre la secretaria de la Gobernación y otra persona. Eso bastó para abrir una averiguación, considerar procedente la solicitud de amparo cautelar y ordenar de forma provisional e inmediata, y mientras ese proceso concluya, la anulación de las consecuencias de la elección, con lo que se le restan a la Asamblea Nacional (AN) cuatro diputados. De esa sentencia hacen ya casi dos años y el Estado Amazonas continua sin representación ante la Asamblea Nacional. Como consecuencia directa de esta decisión, la AN no pudo instalarse con la mayoría calificada de 2/3 de diputados opositores, mayoría resultado de las elecciones del 6 de diciembre. Basándose también en esa sentencia, la Sala Constitucional del TSJ ha tomado, a lo largo de estos meses, múltiples decisiones para erosionar el funcionamiento normal de la Asamblea.

El 15 de octubre de este año se realizaron las elecciones de gobernadores en los 23 estados del país. En su primer boletín, el CNE no informó los resultados de Bolívar porque, a esa hora y dada la estreches de la brecha entre los dos candidatos más votados, no podía todavía proclamar un ganador. Esa incertidumbre se prolongó un par de días adicionales. En la media noche del 18, la Junta Regional del CNE en Bolívar proclamó a Justo Noguera Pietri, candidato del PSUV, como gobernador electo del Estado, con una diferencia de apenas 0,26% de votos válidos. El candidato opositor Andrés Velásquez prontamente informó que impugnaría esos resultados, apoyando su reclamo en copias de actas de escrutinio que testigos suyos había legalmente recogido en mesas electorales del Estado. Denunció, además, que testigos suyos fueron arbitrariamente expulsados de la sala de totalización y que allí se habría producido una alteración manual de los resultados, arrebatándole con ello la victoria. La impugnación fue presentada ante la oficina principal del CNE en Caracas el 23 de octubre y finalmente el 2 de noviembre el recurso fue admitido.
Pero a diferencia de lo ocurrido en Amazonas en 2015, donde cuatro diputados fueron des proclamados a partir de una conversación ilegalmente grabada y que, por tal razón, carece de validez procesal, en Bolívar el gobernador impugnado en base a pruebas físicas que parecen irrefutables, está ya instalado en el Palacio de Gobierno del Estado. No puede pasarse por alto la importancia estratégica de ese estado. Además de ser el estado territorialmente más grande del país, están allí ubicadas importantes industrias básicas (hierro y acero, aluminio, energía hidroeléctrica) y es también asiento del denominado Arco Minero del Orinoco.

Dos impugnaciones que en principio podrían parecer similares, en su conclusión resultan claramente divergentes. Dos años sin resolverse el fondo de la impugnación en Amazonas, que mantiene a ese Estado sin representación ante la AN. ¿Correrá suerte similar la impugnación en Bolívar, pero con el gobernador cuestionado en ejercicio? ¿Funciona equilibradamente la balanza de la antigua diosa romana? ¿Se mantiene firme y en su puesto la venda que hace ciega a la justicia? ¿O, por el contrario, es una justicia que se administra con los ojos bien abiertos para beneficiar a unos y perjudicar a otros?

16 de noviembre de 2017

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