Presidenciales apresuradas afectan el derecho al voto y la observación electoral internacional

El cronograma amplía las auditorías al sistema automatizado de votación, pero hace inviable una actualización óptima del Registro Electoral.

La validación del “estatus” de los partidos habilitados para postular entra como una novedad en las tareas del Poder Electoral que también da margen a la constitución de nuevas organizaciones políticas.

Presidenciales apresuradas afectan el derecho al voto y la observación electoral internacional

Nuevamente, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anuncia la fecha de la elección presidencial sin garantizar tiempo suficiente —mínimo seis meses— entre la convocatoria y la realización de los comicios, lo que impacta negativamente en garantías electorales fundamentales.

El órgano comicial informó, el martes 5 de marzo, que las presidenciales se realizarán el domingo 28 de julio; es decir, en cuatro meses y 23 días. Esto contrasta con las elecciones del 7 de octubre de 2012 —último proceso presidencial competitivo— que fueron convocadas con seis meses y 7 días de antelación. 

Lo hizo, además, incumpliendo los artículos 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), al realizar el acto de convocatoria sin publicar el cronograma correspondiente, y el artículo 35, al modificar el plazo establecido para el corte del Registro Electoral (la ley establece que debe tomarse el corte de la data arrojada dentro de los treinta días siguientes a la convocatoria).

La Gaceta Electoral N°1048 —publicada horas después del anuncio— solo contiene los “hitos relevantes del cronograma electoral” que se reducen a cinco actividades:

  • Jornada Especial de Registro Electoral Nacional e Internacional. Del 18/03 al 16/04/2024.
  • Selección de los integrantes de los organismos subalternos. 20/03/2024.
  • Presentación de postulaciones. Del 21 al 23/03/2024.
  • Corte del Registro Electoral Preliminar 16/04/2024.
  • Campaña Electoral. Del 04 al 25/07/2024.

El cronograma con las etapas, actos y actuaciones a detalle se hizo público dos días después de la convocatoria, el 7 de marzo, destacando la ausencia de actividades relacionadas con la observación electoral internacional, el catastro de los centros de votación y la generación del tablamesa.

Es preciso destacar que aunque el calendario está en la página del Poder Electoral aun no ha sido publicado en Gaceta Electoral, acto requerido por ley para su oficialización. 

A continuación, los hallazgos encontrados al hacer un análisis comparativo con las elecciones presidenciales de 2012 y 2018 para evaluar las condiciones electorales de estos comicios:

Convocatoria anticipada

Venezuela escogerá un nuevo presidente el 28 de julio, esto quiere decir que el mandatario en ejercicio deberá convivir con el recién electo durante cinco meses y 13 días, hasta el 10 de enero de 2025, que es cuando el candidato o la candidata elegida debe tomar posesión del cargo, según el artículo 231 de la Constitución. 

Esto podría generar fricciones si los dirigentes son de tendencias políticas diferentes. Pero, más allá de esto, la anterior ley electoral establecía que el CNE debía fijar con seis meses de anticipación, por lo menos, y mediante convocatoria pública en Gaceta Oficial, la fecha de las elecciones. Esto no es caprichoso, se trata de un plazo mínimo que obedece a buenas prácticas y a estándares internacionales.

En la mayoría de los países de la región que tienen elecciones generales o presidenciales este año, la convocatoria se hizo con seis meses de antelación o más, los únicos que incumplen este requisito son Venezuela y El Salvador.

La convocatoria anticipada hace imposible que se establezcan actividades prelectorales como jornadas especiales, masivas y extensas para incorporar al Registro Electoral a los millones de electores y electoras que se encuentran actualmente rezagados.

El “cronograma electoral presidencial 2024” contiene 101 tareas que deben realizarse en 146 días (cuatro meses y medio). Son 11 actividades más que en 2012 que deben hacerse con 93 días menos.

Jornada “exprés” para el Registro Electoral

Lo primero que salta a la vista en el cronograma electoral es el tiempo establecido, de 30 días, para que las venezolanas y los venezolanos puedan inscribirse y actualizar sus datos en el Registro Electoral (RE). 

El lapso referido representa un recorte de siete meses respecto a la jornada especial que el CNE habilitó de cara a las presidenciales de 2012, la más larga de los últimos tiempos, que abarcó ocho meses (entre julio de 2011 y marzo de 2012) e incorporó a 1 millón 221 mil 738 nuevos inscritos, de los cuales cerca de 90% eran jóvenes de entre 18 y 25 años de edad.

Ese año se dispuso un total de 1.300 puntos en todo el país que atendieron solicitudes presentadas por 4 millones 104 mil ciudadanas y ciudadanos.

Si la comparación se hace con las presidenciales de 2018, una elección que no fue ni libre ni imparcial, entonces hay una mejora de 10 días adicionales para la jornada. En 2018 se distribuyeron 531 puntos a escala nacional.

Aunque el CNE debe precisar los puntos que se habilitarán para la actualización del RE este año, 30 días no bastan para incorporar a los millones de rezagados. 

Organizaciones como Voto Joven calculan que en el país hay más 3 millones de personas con edad para votar (con 18 años o más) que no están inscritas en el RE. En el exterior, según la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), hay 7,7 millones de venezolanos y se estima que alrededor de 4 millones tienen derecho al sufragio, pero para poder ejercerlo deben inscribirse o actualizar sus datos de residencia. 

Si bien es positivo que el CNE destaque el voto en el exterior dentro de la jornada de actualización, el alcance dependerá de la disposición que tenga la administración electoral para desplegar el mayor número posible de puntos, con las mayores capacidades operativas instaladas y facilidades de ubicación y funcionamiento. 

Sin embargo, es altamente probable —sobre todo por el poco tiempo dispuesto— que la inscripción y actualización de datos ocurra en las sedes de embajadas y consulados con los obstáculos que eso supone.

Imposiciones de ley, y también requisitos al margen de la ley, así como el estatus de las relaciones diplomáticas de Venezuela con los países de acogida de los migrantes condicionan las inscripciones o los cambios de domicilio para que los venezolanos puedan ejercer su derecho al sufragio en el exterior. 

El presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez adelantaba, en una declaración el 28 de febrero pasado, que “quien le está negando el derecho al voto a los venezolanos que se encuentran en el extranjero son aquellos países que agreden a Venezuela y no mantienen relaciones consulares y diplomáticas con Venezuela”.

“¿Cómo votarán las personas en Estados Unidos?, no pueden, ¿cómo si no se nos permite tener representación consular en EEUU? ¿Cómo van a votar un venezolano en Argentina?, ¿si mandamos el material electoral y el loco ese psicótico, que es presidente de Argentina, se lo roba?”, dijo anticipando decisiones que en esta materia pudieran tomarse.

Otra de las trabas burocráticas que deben sortear los migrantes venezolanos es la condición que impone la legislación venezolana en el artículo 124 de la Lopre: “Solo podrán sufragar en el exterior los electores que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela”.

Adicionalmente, una circular del CNE del 9 de febrero de 2018 dificulta aún más el ejercicio de los derechos electorales de los venezolanos en el exterior, en ella la entonces presidenta de la Comisión de Registro Civil y Electoral, rectora Sandra Oblitas, instruyó a las misiones diplomáticas y consulares de la República que: 

“Los electores venezolanos que posean cédula de identidad venezolana laminada, vigente o vencida, y que demuestren mediante documento la residencia legal permanente en el extranjero, podrán inscribirse o actualizar sus datos a través de la representación diplomática o consular del país donde residan”.

Esto, a todas luces, no se compadece con la ley, porque exige que los migrantes “demuestren mediante documento la residencia legal permanente en el extranjero”, cuando la Lopre claramente se refiere a los electores “que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela”.

Los migrantes podrían conformar la circunscripción electoral más grande de Venezuela diseminada en más de 90 países y 400 ciudades; por esta razón, la principal consecuencia de que no se garantice una actualización óptima del RE, además de conculcar un derecho a millones de ciudadanos, es excluir a una población que puede ser determinante para definir los resultados de las presidenciales de este año.

Menos tiempo para postular y sustituir candidatos

El lapso de presentación de postulaciones es mayor al de 2018, cuando se dieron solo 2 días, pero los cinco días habilitados (del 21 de marzo al 25 de marzo) para esta actividad en 2024 equivalen a un recorte de seis días respecto a la elección de 2012, en la que se dieron 11 días.

La reducción es mayor si se comparan los plazos para la modificación y sustitución de postulaciones: 118 días en 2012, 1 día en 2018 y 20 días en 2024.

Esto no es un asunto menor considerando la inhabilitación que pesa sobre la candidata presidencial de la Plataforma Unitaria, María Corina Machado. En la página oficial del CNE aparece un aviso que confirma que “presenta una prohibición para ejercer cargos o función pública, de acuerdo a lo establecido en la normativa constitucional y legal vigente”. 

La coalición opositora debe enfrentar este principal escollo que impide la inscripción de su abanderada si esperan competir en los comicios. 

Tener margen para definir una estrategia depende de los plazos anteriormente señalados. En otras palabras, este sector de la oposición tiene hasta el 25 de marzo para resolver la postulación y hasta el 20 de abril para hacer cualquier sustitución de candidaturas con efecto en la boleta.

La inhabilitación, a su vez, es considerada por expertos como una violación de la Constitución ya que se fundamenta en un acto administrativo de la Contraloría General de la República y no en un juicio, con derecho a la defensa y sentencia firme.

De hecho, la Misión de Observación de la Unión Europea, que estuvo en el país en 2021, recomendó al Estado venezolano “suprimir la prerrogativa de la Contraloría de despojar a ciudadanos de su derecho fundamental a presentarse a las elecciones mediante un procedimiento administrativo y sin notificación oportuna, lo que repercute negativamente en el derecho a la defensa”.

La oposición advierte que esto viola el derecho de Machado de ser electa, pero también el de los venezolanos a elegirla, es preciso subrayar que la sanción se produjo luego de que se posicionara en las encuestas como una de las candidatas mejor valoradas y con una creciente popularidad. 

Por su parte, el partido de gobierno (Psuv) proclamará a su candidato presidencial el próximo 15 de marzo tras un proceso de consulta que se realizará a las estructuras políticas, según la dirección nacional de esta organización.

¿Miembros de mesa más capacitados?

De las actividades relacionadas con los organismos electorales subalternos (Juntas Regionales Electorales, Juntas Metropolitanas Electorales, Juntas Municipales Electorales, Juntas Parroquiales Electorales, Mesas Electorales) destaca la capacitación de los miembros de mesa para la cual, en esta oportunidad, se dispondrán de 30 días desde el 28 de junio al 27 de julio. En 2012 esta capacitación se desarrolló en 25 días y en 2018 en 15 días.

No obstante, el detalle no solo está en el adiestramiento de estas personas, sino en notificar debidamente a las electoras y electores escogidos, mediante sorteo público, su selección como miembros de mesa ya que este servicio es indispensable. Para reducir el riesgo de tener que incorporar a miembros accidentales y garantizar la capacitación es preciso buscar alternativas como campañas informativas que expliquen al ciudadano cómo ubicar esta información en la página oficial del CNE.

El trabajo que desempeñan los miembros de mesa es crucial para el desarrollo del proceso electoral, no solo tienen la responsabilidad de preparar los actos relacionados con la instalación como: la inspección del local asignado para el funcionamiento de la Mesa Electoral, la revisión del estado del material electoral y el funcionamiento debido del equipo de votación, así como el resguardo de estos recursos.

También tienen la potestad de iniciar y finalizar el acto de votación y de escrutinio (proceso mediante el cual se contabilizan y emiten los resultados de la Mesa Electoral).

¿Y la observación electoral internacional?

En el cronograma no hay actividades relacionadas con la observación electoral internacional; sin embargo, el presidente del CNE informó, el 7 de marzo, que decidieron “cursar invitación” a los siguientes organismos: Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), BRICS, Comunidad del Caribe (CARICOM), Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORES), Panel de Expertos de las Naciones Unidas (ONU), Unión Africana, Unión Europea (UE), Centro Carter, entre otros.

Dependerá, entonces, de cada organismo responder la invitación y determinar si hay o no condiciones para asistir a observar el proceso electoral. No obstante, la convocatoria apresurada dificulta la organización de estas misiones.

Es preciso recordar que, en 2021, el Estado venezolano invitó a la Unión Europea con seis meses de antelación, concretamente el 17 de mayo de 2021 para que desplegara la misión electoral para las elecciones regionales y municipales del 21 de noviembre de 2021. 

En cuanto a la observación electoral nacional, el artículo 478 del Reglamento General de la Lopre señala que la organización civil interesada en obtener su acreditación deberá presentar la solicitud ante el Consejo Nacional Electoral con al menos 60 días (dos meses) antes de la realización del evento electoral. 

Acreditación de testigos

En 2024 se establecen 30 días para la acreditación de testigos, 15 días más que en 2012 y 22 días más que en 2018, pero no se contempla en el calendario ninguna actividad de formación para los representantes de los partidos políticos.

Más auditorías

El análisis comparativo revela que el órgano comicial amplió las auditorías al sistema automatizado de votación como se observa a continuación, lo que es una buena noticia ya que contribuye a aumentar la confianza en el electorado. Cabe recordar que es imprescindible que estas auditorías se hagan en presencia de los partidos políticos y expertos para que evalúen las condiciones técnicas.

Para la auditoría al Registro Electoral, por ejemplo, el CNE asigna tres días, dos más que los previstos en 2012 y 2018. El lapso también se extendió para las siguientes auditorías: auditoría de datos de electores (cinco días más que en 2012 y 1 más que en 2018), auditoría al software de la máquina de votación (cuatro días más que en 2018 y mismo lapso que en 2012), auditoría del software de totalización (cuatro días más que en 2018 y mismo lapso que en 2012).

No obstante, la auditoría de producción de máquinas de votación se redujo 17 días respecto a 2012 y aumentó 5 días en comparación con 2018.

Validación de partidos

Una novedad incluida en el cronograma presentado por el CNE es la actividad relacionada con la “revisión del estatus de las organizaciones con fines políticos validadas para postular”, la cual no estuvo incluida en los cronogramas de las presidenciales de 2012 y 2018. Esta revisión se realizará entre el 11 y el 14 de marzo.

Otras tres tareas se refieren a la conformación de nuevas organizaciones políticas y se realizarán del 15 al 20 de marzo: validación por parte de la Comisión de Registro Civil y Electoral sobre los registros que respaldan la solicitud de constitución de los organizaciones con fines políticos, validación de la manifestación de voluntad de acuerdo con la muestra establecida para la constitución de las organizaciones con fines políticos y publicación del registro de las organizaciones con fines políticos constituidos en la página web del CNE. 

Con estas acciones el Poder Electoral definirá, el 20 de marzo, el ecosistema de partidos políticos para estos comicios, lo que es esencial ya que las postulaciones las  realizan las organizaciones políticas autorizadas y no los candidatos. 

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