OEV: el TSJ sentencia en contra de la democracia

  • Las decisiones del TSJ usurpan el poder de los ciudadanos al desconocer las funciones de los diputados electos, quienes son sus representantes, a la vez que socavan el principio de la separación de poderes, desconociendo, así, un criterio esencial en el funcionamiento del Estado de Derecho.

  • No se limita, así pues, a un simple “impasse”, como señaló el Presidente… Es algo mucho más grave, como lo es la ruptura del hilo constitucional, hecho inocultable que se mantiene aún después de las referidas acciones.

El pasado miércoles en la noche el TSJ, a través de su Sala Constitucional, informó que asumirá por completo las competencias parlamentarias, argumentando como motivo principal el desacato del Parlamento Nacional. Acordó, igualmente, que esas competencias podrán ser delegadas al Poder Ejecutivo, en los aspectos que estime conveniente.
El Observatorio Electoral Venezolano (OEV), considera que las medidas tomadas contradicen inequívocamente lo dispuesto en la Constitución Nacional, generando consecuencias graves que lesionan seriamente la vida republicana, dado que usurpan el poder de los ciudadanos al desconocer las funciones de los diputados electos, quienes son sus representantes, a la vez que socavan el principio de la separación de poderes, desconociendo, así, un criterio esencial en el funcionamiento del Estado de Derecho.
El OEV considera que, nuevamente, el TSJ deja de lado su imparcialidad al interpretar la Constitución Nacional de una manera sesgada, velando por los intereses del Poder Ejecutivo, autorizándolo para que legisle a discreción en una amplia gama de asuntos.

Señalado lo anterior, el OEV coincide con lo afirmado el pasado 31 de marzo en declaración pública por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, que las sentencias recientes del TSJ (155 y 156) evidencian varias violaciones del orden constitucional y el desconocimiento de Estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Visto lo anterior, el OEV opina que con su actuación el TSJ pone en cuestión a la democracia misma y genera una grave crisis política que se sobrepone y empeora la crisis económica y social que está viviendo actualmente el país.

Finalmente, el OEV considera que las conclusiones que el Presidente Maduro presentó en la media noche del día 1° de abril, surgidas de la reunión efectuada en el marco del Consejo de Defensa de la Nación a propósito de las sentencias Nro. 155 y 156, emitidas por la Sala Constitucional del TSJ, no cambian la esencia de lo que anteriormente se expuso. Aparte de no ser dicho organismo competente para discutir tal materia, al asunto planteado va mucho más allá de la así llamada “controversia” suscitada entre distintos poderes públicos, a raíz del pronunciamiento realizado por la Fiscalía General de la República.
No se limita, así pues, a un simple “impasse”, como señaló el Presidente, que pueda resolverse mediante conversaciones como las que él sugiere o nuevas sentencias “aclaratorias” del TSJ (Nro. 157 y 158) que modifiquen parcialmente las anteriores. Es algo mucho más grave, como lo es la ruptura del hilo constitucional, hecho inocultable que se mantiene aún después de las referidas acciones.

En definitiva, ellas no logran eliminar las graves violaciones constitucionales asociadas a la división de poderes, a la usurpación de la soberanía popular y al menoscabo de las funciones de la Asamblea Nacional, transgresiones que, luego de las declaraciones presidenciales, hicieron aún más evidente la severa crisis por la que atraviesa nuestra vida republicana.

Caracas, 2 de abril de 2017.

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