Segunda quincena, marzo de 2024

La abanderada de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) fue excluida por “trabas” en el sistema de postulaciones del CNE

Boletín 122 | Partidos anulados y candidaturas bloqueadas comprometen el derecho a elegir libremente

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) no pudo inscribir a su candidata, Corina Yoris, ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) aun cuando la académica cumple los requisitos constitucionales para postularse.

La Plataforma Unitaria —coalición de partidos de oposición— denunció que el autorizado por la MUD (para hacer la inscripción de Yoris) nunca fue validado por el sistema del CNE y luego “tumbaron” la plataforma, una práctica inédita en la historia política contemporánea.

El Poder Electoral también dejó por fuera a ocho partidos, que no podrán presentar candidatos en esta elección presidencial, y manejó de forma discrecional la inscripción de nuevas organizaciones políticas. 

Mientras autorizó la creación de seis partidos, sin informar sobre la entrega de recaudos ni la validación de la nómina de adherentes, le negó al candidato Manuel Isidro Molina del Movimiento Popular Alternativo inscribirse como independiente.

“Hemos sido víctimas de un manejo brutal, antidemocrático, restrictivo de los derechos democráticos y de la participación política”, cuestionó Molina.

Candidatura de la MUD bloqueada

Fuentes de la Plataforma Unitaria afirman que las tarjetas de las que disponían: MUD y Un Nuevo Tiempo (UNT) “nunca estuvieron habilitadas para postular”. Luego, el sistema del CNE dejó de funcionar.

En un video se observa a la presidenta de Encuentro Ciudadano, Delsa Solórzano, intentando abrir la pestaña de postulaciones en la página oficial del CNE sin éxito.

A pesar del bloqueo, el gobernador del Zulia y líder de UNT, Manuel Rosales, logró tramitar su inscripción a la que se adhirieron Fuerza Vecinal y el Movimiento Por Venezuela. 

Al respecto, respondió a la prensa: “Estuve en comunicación con el doctor Omar Barboza hasta 5 (minutos) para las 12 (de la medianoche) y no abría el sistema. Tuve que tomar una decisión unos minutos antes para no quedarnos sin tarjeta”.  

Posteriormente, en un acto político de UNT, Rosales dio a entender que las trabas al nombre de Corina Yoris son políticas y no técnicas y que su postulación fue producto de una negociación: “Yo no fui a Caracas a quitarle el puesto a nadie (…) busquen una negociación, busquen un candidato o una candidata que pase los obstáculos del gobierno y yo le entrego la candidatura a quien quieran, pero no difamen”.

Stalin González, dirigente nacional de la tolda azul, también admitió que el nombre de Rosales no fue vetado como sí lo fue el de Yoris.

La exclusión de la candidata generó rechazo internacional. El gobierno colombiano, acompañante del proceso de negociación venezolano, rompió el silencio para expresar preocupación por las dificultades que enfrentaron “sectores mayoritarios de oposición”, lo que “podría afectar la confianza de algunos sectores de la comunidad internacional en la transparencia y competitividad del proceso electoral que culminará con las elecciones presidenciales del próximo 28 de julio”.

Mientras el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, declaró que el impedimento para la inscripción de la candidatura opositora de Corina Yoris en Venezuela es “grave” y “no tiene explicación política ni jurídica”.

El mandatario francés, Emmanuel Macron, dijo que las elecciones del 28 de julio “no se pueden considerar democráticas”. “Condenamos muy firmemente la exclusión de la candidata de la oposición. Así la situación se ha degradado”, apuntó el jefe de Estado.

Los gobiernos de Argentina, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Paraguay, Perú y Uruguay también rechazaron los impedimentos.

“La Unión Europea está profundamente preocupada y lamenta el proceso irregular y opaco que ha impedido a algunos partidos registrar a sus candidatos presidenciales. Todos los derechos políticos y civiles, incluido el derecho a participar en elecciones auténticas, deben respetarse”, dijo a la agencia de noticias EFE el portavoz de Exteriores del Ejecutivo comunitario, Peter Stano.

Estados Unidos, por su parte, advirtió: “La aceptación por parte del CNE de sólo aquellos candidatos de la oposición con los que Maduro y sus representantes se sienten cómodos va en contra de unas elecciones competitivas e inclusivas que el pueblo venezolano y la comunidad internacional considerarán legítimas”.

A la reacción internacional, el Poder Electoral respondió con un comunicado en el que tildó de “los insolentes y falsos cuestionamientos del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre el Consejo Nacional Electoral, con el objeto de desprestigiar una de las instituciones más sólidas de la robusta democracia venezolana”.

Finalmente, la Plataforma Unitaria pudo postular, por una prórroga que le otorgó el CNE, a un candidato provisional: Edmundo González Urrutia, ante el veto a Yoris.

Tarjetas invalidadas

El CNE también debía tomar la decisión sobre el estatus de las organizaciones validadas para postular, entre el 11 y 14 de marzo. Pero esta información nunca fue publicada oficialmente.

No obstante, el OEV pudo confirmar que ocho organizaciones fueron invalidadas: MAS, Unión y Progreso, Compa, Puente, UPP89, Prociudadanos, Nuvipa y Convergencia.

El artículo 26 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos señala que: “Los partidos políticos nacionales renovarán, en el curso del año en que comience cada período constitucional su nómina de inscritos en el porcentaje del 0,5% en la forma señalada en esta Ley para su constitución”. 

Parágrafo Único: “Los partidos que hubieron obtenido en las elecciones nacionales correspondiente el 1% de los votos emitidos, sólo tendrán que presentar una constancia de votación que obtuvieron, debidamente certificadas, por el respectivo organismo electoral”.

Este último criterio, relacionado con el porcentaje de respaldo popular obtenido, fue el que supuestamente aplicaron los rectores con base en las elecciones regionales y municipales de 2021 para tomar la decisión.

Sin embargo, no en todos los casos se cumplió esta regla. María Verdeal, vicepresidenta del Movimiento al Socialismo, indicó al respecto: “El MAS cumple con los porcentajes establecidos en la Ley”. Pero esto no salvó a la tarjeta de quedar excluida.

Aunque las organizaciones políticas hubieran querido recoger firmas para renovar su militancia, el cronograma tan comprimido, por el adelanto de las presidenciales, lo hacía inviable.

Partidos habilitados

El presidente del CNE, Elvis Amoroso, confirmó que para las presidenciales del 28 de julio van 13 candidatos que representan a 37 partidos políticos.

Los 37 partidos validados son: Movimiento Republicano, Bandera Roja, Unión Nacional Electoral, Arepa, Voluntad Popular, Lápiz, Cambiemos, Avanzada Progresista, Movimiento de Integridad Nacional (Min-Unidad), Movimiento Ecológico de Venezuela, Copei, Organización Primero Venezuela, Unidad Visión Venezuela, Venezuela Unida, Conde, Esperanza por el Cambio, Soluciones por Venezuela.

Derecha Democrática Popular, Centrados, Psuv, PCV, Podemos, Enamórate Venezuela, PPT, Movimiento Somos Venezuela, Alianza para el Cambio, Partido Verde de Venezuela, Organización Renovadora Auténtica, Unidad Popular Venezolana, Partido Futuro, Tupamaro, Movimiento Electoral del Pueblo, UNT, Fuerza Vecinal, Movimiento Progresista Venezuela, Mesa de la Unidad Democrática, Acción Democrática.

Un análisis de la lista definitiva permite concluir que 24% de los admitidos son partidos que fueron intervenidos por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y se les impuso directivas afines al gobierno nacional y 16% son partidos nuevos.

Las tarjetas relacionadas con la Plataforma Unitaria de oposición, bien sea porque integran la coalición o porque respaldan a candidatos que forman parte de esta, son cuatro: Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Movimiento Por Venezuela, Un Nuevo Tiempo y Fuerza Vecinal, lo que representa el 10,8% del total.

Las que respaldan la reelección de Nicolás Maduro son 13; es decir, 35% de los partidos que aparecerán en el tarjetón (si pasan la fase de admisión y de impugnación).

Esta infografía refleja los vínculos partidistas, no necesariamente las alianzas políticas.

A continuación presentamos los candidatos y sus respaldos, algunos partidos como Conde, al ser nuevo, no ha publicado su logo oficial, mientras que el Movimiento Ecológico de Venezuela no ha anunciado quién es su abanderado:

Postulaciones deben superar más filtros

Las postulaciones aún están sujetas a cambio. Para quedar definitivamente en la boleta electoral deben superar la fase de admisión o rechazo, prevista entre el 28 de marzo y el 1 de abril, sobre la cual el CNE aún no se ha pronunciado. 

El tercer y último filtro que deben sortear son las impugnaciones. Cualquier ciudadano puede presentar recursos ante el órgano electoral en contra de las postulaciones desde el 3 hasta el 7 de abril, y los rectores tienen entre el 9 al 18 de abril para evaluar estos recursos. 

Adicionalmente, los partidos pueden sustituir o modificar sus candidaturas entre el 1 y el 20 de abril con efecto en la boleta electoral y entre el 28 de abril y el 18 de julio sin efecto en la boleta.

En concordancia con el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales: “Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral. A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada”.

Estos últimos plazos son claves para la Plataforma Unitaria luego de que su candidata electa en primarias, María Corina Machado, fuera inhabilitada y se bloqueara la inscripción de la sustituta anunciada por ella: Corina Yoris.

Machado ha reiterado en varias oportunidades que tiene hasta el 18 de julio para “luchar” por su inscripción.

Al respecto, el vicepresidente del Psuv, Diosdado Cabello, declaró en su programa televisivo que la sustitución de un candidato a las elecciones presidenciales solo se podrá hacer por alguien previamente postulado (de los 13 candidatos que fueron ya inscritos). 

A pesar de que esto contradice el artículo 64 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que señala lo siguiente: “La sustitución de un candidato o una candidata constituye una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el postulado sustituto o la postulada sustituta no sea un candidato o una candidata previamente admitido o admitida, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley y su Reglamento”.

Si la interpretación de Cabello fuera cierta, la opositora no podría designar a otro candidato de su confianza  para que la represente y capitalice la intención de voto que levanta. Tendría que decantarse por Manuel Rosales, Edmundo González o por cualquier otro de los postulados distintos de Maduro.

Candidaturas independientes

Otra de las vías alternas de participación política, que contempla la ley venezolana, son las postulaciones por iniciativa propia y grupos de electores. Lamentablemente, el CNE no publicó la normativa relacionada ni el aviso oficial convocando a estos sectores.

Si bien es cierto que el artículo 53 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) establece que para postularse por iniciativa propia, los electores deberán presentar el 5% de firmas del Registro Electoral correspondiente al ámbito territorial del cargo a elegir en respaldo a la candidatura; para la conformación de los grupos de electores, la Lopre deja a consideración de la autoridad electoral la cantidad de manifestaciones de voluntad a recabar y esto varía de una elección a otra.

Adicionalmente, el órgano electoral estableció lapsos considerablemente reducidos para las solicitudes de denominación (dos días) y para la consignación de los recaudos (cinco días), lo que perjudica el derecho que tienen los grupos de electores y cualquier ciudadano de presentar o respaldar una candidatura independiente.

“Inelegibles”, según la Constitución

Un aspecto adicional y relevante es el referido a las postulaciones que presentan restricciones constitucionales por tratarse de autoridades electas mediante votación popular, como la del gobernador zuliano, Manuel Rosales.

De acuerdo con el artículo 229 de la Constitución, “no podrá ser elegido Presidente de la República quien esté de ejercicio del cargo de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Ministro o Ministra, Gobernador o Gobernadora y Alcalde o Alcaldesa, en el día de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la de la elección”.

Este punto es controvertido por las diferentes interpretaciones que sobre el artículo 57 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales se hacen. Este apartado dice textualmente:

“Salvo lo previsto en la Constitución de la República, los funcionarios y las funcionarias de la Administración Pública que se postulen en un proceso electoral, deberán separarse de manera temporal de sus cargos desde el día en que se inicie la campaña electoral hasta el día de la elección, ambas fechas inclusive”.

Un sector sostiene que la separación del cargo, en el caso de Rosales, se debe hacer el día que inicia la campaña electoral y otro que debió hacerse antes de la postulación. Una sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, de fecha 2006, respalda esta última posición.


Registro Electoral en el exterior: extemporáneo y restrictivo

Foto: Gabriel Bastidas.

La jornada especial de actualización del Registro Electoral en el exterior empezó con una semana de retraso, luego de protestas y hasta huelgas de hambre, sin que el CNE explicara los motivos. Los funcionarios en las embajadas y consulados se limitaban a decir que estaban esperando “instrucciones”.

El operativo, que debió iniciar el lunes 18 de marzo, comenzó paulatinamente el martes 26 de marzo, pero con serias restricciones debido a la interpretación tan limitante que el órgano electoral hace del artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) que dice: “Solo podrán sufragar en el exterior los electores que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela”.

Al respecto, la defensora de derechos humanos y miembro de la Red Jesuita con Migrantes, Ligia Bolívar, alertó que “una persona no tiene que ser residente, basta con cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela, como otro tipo de visa que no sea de turismo o un permiso como PPT, TPS, etc.”.

“La interpretación restrictiva e ilegal del CNE pretende que las personas tengan residencia permanente. Nadie, salvo los nacionales, tiene residencia permanente, las visas de residencia se vencen, por lo general, a los 5 años”, argumenta la investigadora.

Bolívar denunció que aunque la medida del CNE dice que el documento debe ser emitido por el país de acogida (visa de residente, cédula de extranjería o cédula de ciudadanía), no le aceptaron la cédula de extranjería.

Por último, la experta recordó que la Cancillería colombiana estableció que todas las personas venezolanas con visas y con PPT son consideradas con legalidad de permanencia.

“La decisión es absurda en la medida en que quienes están bajo régimen de PPT tienen mayor permanencia en Colombia (10 años) que los que tienen la mayor visa de residente (5 años)”, expuso.

En algunos sedes diplomáticas persisten las fallas. De acuerdo con denuncias de venezolanos en Chile, la embajada de Venezuela en este país apenas abrió la jornada de inscripción y actualización del RE este lunes 1 de abril; es decir, 15 días después de la fecha prevista en el cronograma electoral.

En cada sede diplomática los requisitos son distintos, aquí algunos ejemplos de los países que concentran mayor población migrante venezolana:

Colombia

En el consulado de Venezuela en Bogotá exigen:

  • Cédula laminada vigente o vencida.
  • Documentos de residencia permanente emitido por el país de acogida (visa de residente, cédula de extranjería o cédula de ciudadanía). El documento debe haberse expedido con 1 año de antelación mínimo.
  • Pasaporte venezolano vigente (en caso de que se encuentre vencido debe presentar la constancia de trámite ante el Saime). 

El Permiso por Protección Temporal (PPT) no se encuentra en la lista de los “Documentos de Residencia Permanente” aceptados para realizar el proceso (aún cuando este le otorga 10 años de regularidad a los venezolanos en Colombia), como referimos anteriormente. El consulado alega que este documento da “permanencia, no residencia, pues de hecho es acumulativo para la residencia”.

Se estima que esto impedirá que 1 millón de venezolanos en Colombia no puedan ejercer su derecho al voto. 

Foto: @BarbaraUSanz

Perú

En la embajada de Venezuela en Perú debes presentar:

  • Original y copia de la cédula de identidad venezolana laminada, vigente o vencida. Nota: Según normativa del CNE, el pasaporte no es un sustituto válido de la cédula de identidad para el ejercicio del sufragio en el exterior
  • Original y copia del pasaporte venezolano.
  • Constancia de residencia.
  • Documento que demuestre su residencia legal permanente en el extranjero.

Argentina

En la embajada de Venezuela en Argentina exigen:

  • Original y copia de la cédula de identidad venezolana laminada, vigente o vencida. Nota: Según normativa del CNE, el pasaporte no es un sustituto válido de la cédula de identidad para el ejercicio del sufragio en el exterior.
  • Original y copia del pasaporte venezolano.
  • Constancia de residencia.
  • Documento que demuestre su residencia legal permanente en el extranjero.

España

En el consulado de Venezuela en Madrid debes consignar:

-Cédula laminada.

-Documento Nacional de Identidad (DNI) / Número de Identidad de Extranjero (NIE) vigente.

-Pasaporte vigente.

El derecho al voto de los venezolanos en el exterior está comprometido no solo por las restricciones mencionadas sino también por el lapso de tiempo dispuesto (menos de 30 días) para incluir al Registro Electoral a los más de 4 millones de migrantes venezolanos que actualmente se encuentran rezagos.


Se profundiza la violación al acuerdo de Barbados

Foto: crisisgroup.org

La actuación de las autoridades venezolanas se aleja cada vez más de los compromisos asumidos en el Acuerdo sobre derechos políticos y garantías electorales, firmado el 17 de octubre de 2023, en Barbados.

Por los menos cinco puntos contenidos en este documento son abiertamente incumplidos por el gobierno nacional:

Las partes reconocen y respetan el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato para las elecciones presidenciales de manera libre y conforme a sus mecanismos internos, atendiendo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió “todos los efectos” de la primaria en la que resultó electa por amplía mayoría, María Corina Machado. La candidata obtuvo 92% de los 2,3 millones de votos totales.

Se promoverá la autorización a todos los candidatos presidenciales y partidos políticos siempre que cumplan con los requisitos establecidos para participar en la elección presidencial, consistentes con los procedimientos establecidos en la ley venezolana,, asimismo conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución. 

La inhabilitación de Machado fue ratificada por la Sala Político Administrativa del TSJ sin que se iniciara un juicio en el que se le garantizara el derecho a la defensa.

Posteriormente, el Consejo Nacional Electoral bloqueó el acceso a las tarjetas de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y de Un Nuevo Tiempo (UNT) al sistema de postulaciones, con lo cual no pudieron inscribir a la sustituta designada por Machado: Corina Yoris.

Promoción de un discurso público y un clima político y social favorable al desarrollo de un proceso electoral pacífico y participativo, sin injerencias externas, con respecto a la ciudadanía, la autoridad electoral, los actores políticos, la Constitución y las leyes del país. Las partes rechazan cualquier forma de violencia en el ejercicio político, así como cualquier tipo de acciones que atenten contra la soberanía, la paz y la integridad territorial de Venezuela.

Las descalificaciones y acusaciones empañan el proceso electoral. El Ejecutivo recientemente tildó a la organización política Vente Venezuela de “movimiento terrorista”.

El partido denuncia que actualmente se encuentran en condición de desaparición forzada Henry Alviarez, coordinador nacional de organización, y Dinora Hernández, miembro del Comando Nacional de Machado.

También se dictaron órdenes de aprehensión contra siete integrantes más del partido: Magalli Meda, Oswaldo Bracho, Claudia Macero, Pedro Urruchurtu, Omar González Moreno, Fernando Martínez Mottola y Humberto Villalobos.

Además están detenidos Juan Freites, Luis Camacaro, Guillermo López y Emil Brandt Ulloa, quienes se desempeñaban como jefes de los comandos de campaña de Machado en los estados Vargas, Yaracuy, Trujillo y Barinas respectivamente.

Recientemente, el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, informó que fueron detenidos dos dirigentes de Vente, Jerry Ostos Perdomo y Carlos Castillo, quienes presuntamente planeaban atacar al presidente de la República en un acto público.

-Requerir a las autoridades competentes la adopción de medidas para garantizar la seguridad, libertad de circulación y reunión para todos los candidatos en todo el territorio nacional sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y la ley.

En sus recorridos por el interior del país, Machado ha sido objeto de hechos de violencia. Uno de los más peligrosos tuvo lugar en una actividad de precampaña que realizaba junto con sus seguidores en Charallave, en el estado Miranda, el pasado 7 de marzo.

-Jornadas especiales de inscripción y actualización del Registro Electoral, campañas de información y promoción de la inscripción y actualización de datos.

Una de las garantías electorales más importantes es la actualización del Registro Electoral sin la cual millones de venezolanas y venezolanos no pueden ejercer su derecho a votar. Aunque el Poder Electoral anunció una jornada especial para esto, el tiempo y los puntos dispuestos son insuficientes para incluir a los connacionales dentro y fuera del país.

Por si fuera poco, las campañas informativas y de promoción son escasas o nulas.


Represión arrecia en contexto electoral

Foto: @VenteDDHH

Tanto el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas como la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela concluyen que hay una escalada de represión en el país. Las instancias hicieron su actualización oral el 19 y 20 de marzo respectivamente.

“La Misión reitera que la represión funciona a través de dos modalidades, dependiendo del contexto. Una más violenta que se activa para silenciar las voces de la oposición a cualquier precio, incluso mediante la comisión de delitos, y otra que crea un clima de temor e intimidación que restringe el ejercicio libre de los derechos fundamentales. Los numerosos eventos registrados durante el período de esta actualización confirman que nos encontramos ante una fase de reactivación de la modalidad más violenta de represión por parte de las autoridades”, dijo la presidenta de la misión, Marta Valiñas. 

Respecto a las elecciones presidenciales, Valiñas hizo referencia a la ratificación de la inhabilitación de la candidata María Corina Machado lo que, a su juicio, pone en evidencia las graves dificultades que existen para garantizar que las próximas elecciones presidenciales se desarrollen de conformidad con el derecho a participar en los asuntos públicos previsto en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 

Nada Al-Nashif, Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, realizó la actualización oral en nombre del Alto Comisionado, Volker Turk, y sobre las elecciones presidenciales dijo:

“Venezuela entra en ciclo electoral, están previstas las elecciones para el 28 de julio del presente año, y mucho me preocupan las medidas tomadas para limitar indebidamente el espacio democrático y cívico, incluyendo casos de detención, intimidación y estigmatización de miembros y simpatizantes de la oposición”.


Recomendación al cierre…

Candidate registration is becoming a purge of Maduro’s opposition, un artículo escrito por el sociólogo, investigador, profesor y miembro del Centro de Política e Investigación Interamericana (CIPR), David Smile, en el que aborda cómo el registro de candidatos se convirtió en una “purga” de la oposición en Venezuela. Al dar clic al texto también tienes la opción de leerlo en español:  https://responsiblestatecraft.org/venezuelan-presidential-election/ 

Mientras el Gran Polo Patriótico se enfocó, sobre todo, en el caso de los “niños del Tibú”, la vacunación y otros mensajes asociados a la pandemia por Covid-19; la Plataforma Unitaria fue el grupo con más menciones a la muerte de Baduel, la Reconversión Monetaria y, en menor medida las negociaciones en México. En las menciones sobre Saab coincidieron los extremos

De una revisión de 61.693 tweets posteados por 834 cuentas de la categoría Partidarios/as –integrada por el Gran Polo Patriótico, la Plataforma Unitaria, la Alianza Democrática y los Abstencionistas–, se extraen los siguientes temas priorizados por cada grupo partidista durante los primeros 15 días de octubre. 

La tabla refiere el porcentaje de menciones que ocupa cada grupo partidista respecto al total de referencias de cada tema halladas en la muestra. 

Mientras que la Plataforma Unitaria fue el grupo que más mencionó la muerte en prisión del exministro de la Defensa, Raúl Baduel (54%), seguida de la reconversión monetaria –que entró en vigencia el pasado 1 de octubre– (52%) y de las negociaciones en México (43%); el oficialismo se concentró, especialmente, en el asesinato de dos niños de presunto origen venezolano que fueron sorprendidos robando unos pantalones en un comercio de Tibú, Colombia, un lugar fronterizo entre ambos países (62%). Adicionalmente, también el Gran Polo Patriótico aparece como la subcategoría que más ha hablado del proceso de vacunación y de la pandemia producida por el Covid-19.

Por su parte, el grupo Abstencionista acumula la mayor cantidad de menciones sobre la actuación del alto represetante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Políticas de Seguridad de la Unión Europea (UE), Josep Borrell, respecto a las elecciones regionales y municipales que se celebrarán el próximo 21 de noviembre; así como de la compañía Monómeros, la filial de Petróleos de Venezuela (Pdvsa), que está bajo el control del gobierno interino de Juan Guaidó desde 2019 y que fue declarada en quiebra a finales de septiembre para acogerse a un plan de rescate de las autoridades colombianas. 

Aunque la Alianza Democrática no dedica ni el 20% a alguno de estos siete temas, sí es el grupo que más menciones colecciona respecto a las elecciones de noviembre.  

A partir del 16 de octubre en adelante, el acontecimiento más relevante estuvo asociado a la extradición de Alex Saab, empresario colombiano identificado por el gobierno de Nicolás Maduro como diplomático venezolano.

Alex Saab: el tema en el que coinciden los extremos

Según los datos obtenidos, la frecuencia de tuits desde el 1 hasta el 15 de octubre mostró un comportamiento similar entre todos los grupos partidarios. Sin embargo, en cuanto se conoció públicamente que Saab sería extraditado a los Estados Unidos, después de haber permanecido más de un año detenido en Cabo Verde en el continente africano, el número de menciones experimentó el incremento más pronunciado dentro del periodo analizado.

Aunque desde el 1 al 22 de octubre el GPP es el grupo que acumula la mayor cantidad de menciones, con el 36%, no fue el conjunto partidista que dedicó mayor espacio al tema el día de su extradición. En la gráfica puede apreciarse la proporción de tweets que las y los abstencionistas destinaron al respecto, un 30% de las menciones totales.

Con etiquetas como: “Ola de solidaridad por Álex Saab”, “EEUU secuestró a Álex Saab” y “la verdad siempre triunfa”, el oficialismo logró mantener posicionado en la red social el tema del empresario colombiano con mensajes que tendían a comunicar principalmente solidaridad con el enjuiciado y denunciar abusos e injusticia en el caso, por parte de los Estados Unidos.

Los más virales

Son criminales y por eso hay que enfrentarlos aplicando la justicia. La extradición de Alex Saab es un golpe certero a la estructura criminal que secuestra y destruye a Venezuela.

María Corina Machado

El mensaje de la dirigente alcanzó 3.963 retweets, 114 tweets citados y más de 11 mil likes. Por su parte, el vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), expresó:

Lo de Alex Saab era absolutamente predecible, lo convirtieron en objetivo solo por ayudar a Venezuela, el imperialismo jamás ha respetado el derecho internacional, invaden países, asesinan presidentes, dan golpes de estado, secuestran a personas, igual Nosotros Venceremos!!

Diosdado Cabello

Aunque la publicación de Cabello obtuvo menos retweets, fue la publicación más destacada por el caso de la extradición de Saab a los Estados Unidos con  3.274 retweets, 281 tweets citados y 3.405 likes.

El análisis del Observatorio Electoral Venezolano también arrojó que el grupo de la Alianza Democrática fue el que menos mensajes publicó en relación a la extradición de Álex Saab, con solo el 4% dirigido al empresario. Cabe destacar que ni siquiera el día 16 de octubre, la cantidad de mensajes de la Alianza Democrática fue significativa en comparación con el GPP y los Abstencionistas.

Menos menciones

Por su parte, la Plataforma Unitaria alcanzó el 30% de mensajes referidoa a Álex Saab, lo que sigue siendo reelativamente menos al compararlo con los Abstencionistas y el GPP.


Base utilizada.

Nº de tweets por subcategoría (del 1 al 22 de octubre):

  • Gran Polo Patriótico: 22.858 (37%)
  • Plataforma Unitaria: 20.391 (33%)
  • Alianza Democrática: 10.158 (17%)
  • Abstencionista: 8.286 (13%)
  • Total: 61.693

Nota metodológica. 

La muestra diseñada por el OEV de figuras y actores relevantes contempla cuatro categorías: 1) Partidarios; 2) Instituciones del Estado; 3) Funcionarios/as Públicos; y 4) Sociedad Civil. La información que aquí se presenta constituye un análisis de un sector de la primera categoría “Partidarios”, la cual, adicionalmente, contiene cuatro subcategorías: Gran Polo Patriótico (GPP), Plataforma Unitaria, Alianza Democrática y Abstencionistas. Los datos fueron extraidos específicamente de las candidaturas del GPP y de la Plataforma, debido a que, para la fecha del primer corte, no se conocía el listado de contendientes a las alcaldías por parte de la Alianza Democrática. Esta información será actualizada en el siguiente corte. 

La categoría “Partidarios” está compuesta por 834 cuentas de partidos políticos y sus diregentes, así como las y los candidatos al máximo cargo del Ejecutivo estadal (23 entidades) y municipal (335 municipios). Incluye también a figuras que forman parte de las estructuras partidarias o personajes prominentes de cada partido, aunque no estén optando por un cargo de elección popular. Se descartaron las cuentas de legisladores(as) y concejales(as) con ánimos de facilitar la búsqueda.  

Primera quincena, agosto de 2020

Continúa empañándose el panorama de este proceso: funcionaron 122 puntos menos de los anunciados en la jornada del Registro Electoral, el CNE tiene un nuevo rector distinto al suplente del renunciante Rafael Simón Jiménez, los partidos de la actual mayoría parlamentaria no postulan candidatos y Europa observa que no se reúnen las condiciones para un proceso transparente, inclusivo, libre y equitativo

Un grupo de indígenas venezolanos en el palacio legislativo de la Asamblea Nacional | Foto referencial de la agencia EFE, tomada el 25 de abril de 2016

El “Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020”, aprobado el 30 de junio por el Consejo Nacional Electoral, “nunca fue previamente consultado de buena fe” a los 45 pueblos y comunidades indígenas que hacen vida activa originaria en diez estados de la República, a los fines de hacer “aportes, planteamientos y propuestas” desde sus regiones “de una manera equilibrada, neutral, participativa y protagónica”.

Así lo afirmaron representantes de 14 organizaciones indígenas, constituidas o en proceso, junto a líderes de los 20 pueblos multiétnicos de Amazonas, en pronunciamiento dirigido a los rectores del CNE, en el cual expresan su queja y denuncia “categórica” de lo que consideran un “atropello”.

“Se pretende coartar, limitar y cercenar los derechos constitucionales de los pueblos y comunidades indígenas y sus organizaciones de bases a la participación política al Parlamento Nacional, en los términos de igualdad, usos y costumbres que venimos practicando los pueblos indígenas y sus organizaciones”, argumentan.

En el texto demandan “la nulidad absoluta o en su defecto la desaplicación del Reglamento”, al tiempo que exigen su “participación protagónica y democrática” para la elección de sus representantes indígenas en la Asamblea Nacional, en los términos previstos en la Constitución, en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y en el Convenio Internacional 169 de la OIT.

Suscribieron el pronunciamiento representantes del Movimiento Indígena Amazonenses de Derechos Humanos (MOINADDHH), Confederación Indígena Bolivariana de Venezuela (COIBA), Organización Indígena (DABUKURI ÑEENGATÚ), Organización de Profesionales Indígenas del Pueblo Uwöttüja (OPROOPIU), Organización Indígena (Ecoalianza Amazonas), Organización de Mujeres Indígenas Piapoco WANARELLU, Organización Indígena del Pueblo Warekena (ORIDAWA), Escuela de Formación Política Indígena “Francisco Manuel Rojas”, Gremios de Educadores Indígenas UPEL-Mácaro Amazonas, Fundación del Pueblo Indígena Piapoco de Amazonas, Organización Indígena del Pueblo Yeral de Amazonas (ORIYAM), Organización Indígena de Mujeres del Pueblo Baniva, Consejo de Ancianos del Pueblo Indígena Baré, Organización del Pueblo Indígena Jivi Kaliavirrinae de Autana-Amazonas (OPIJKA), así como los líderes de los pueblos indígenas del Estado Indígena de Amazonas: Baniva, Baré, Curripaco, Guanono, Hoti, Kubeo, Maco, Panare, Piapoco, Puinave, Sáliva, Sánema, Warekena, Yabarana, Yanomami, Yekuana y Yeral.

Por su lado, las organizaciones de base del Movimiento Indígena Unido de Venezuela (Miuven) certificaron su respaldo al nuevo reglamento del CNE. En un comunicado no firmado, defienden que el proceso se haga por medio de asambleas. Igualmente en declaraciones del 10 de agosto la ministra de Pueblos Indígenas, Aloha Núñez, expresó que las “organizaciones de maletín” le tienen miedo al Poder Popular y le tienen temor a las asambleas comunitarias que, dice, son establecidas por la Ley y no por el CNE.

Pero, ¿qué argumenta el CNE para aprobar este reglamento? Desde su publicación en la web, el 24 de julio, han indicado en nota de prensa que así “el Poder Electoral desarrolla uno de los lineamientos fundamentales impartidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión 068, de fecha 5 de junio del presente año, de acuerdo a la cual debe establecerse un sistema de elección de los representantes indígenas en consonancia con los usos y costumbres ancestrales de estas comunidades”.

“En consecuencia”, alega el CNE, “el Reglamento señalado introduce por primera vez un sistema electoral especial que reivindica las costumbres, usos y prácticas de las comunidades indígenas, a través de un procedimiento inclusivo, participativo y directo”.

De acuerdo con este mismo boletín institucional, el instrumento normativo especial es “resultado de la consulta con los actores representativos de los pueblos originarios”.

Entre tanto, ocho exfuncionarios públicos, seis de ellos con funciones en anteriores administraciones del CNE, pidieron el 29 de julio al Tribunal Supremo de Justicia “declarar la nulidad de la convocatoria de las elecciones parlamentarias” en el entendido de que viola seis artículos de la Constitución (73, 77, 186, 292, 293 y 298). Sobre este reglamento de representación indígena, afirman que crea “una especie de elección de segundo grado, al decidir que la Asamblea de comunidades, al elegir unos representantes que forman una Asamblea Estadal donde estos votarán a mano alzada por el candidato de su preferencia, hecho este tan grave que impide que el voto sea libre y secreto”.

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales observa, por su lado, en un pronunciamiento del 11 de agosto que “el Reglamento viola abiertamente estos principios constitucionales e internacionales del derecho al voto universal, directo y secreto”, entre otras irregularidades de carácter jurídico que describen.

Claramente, como ha dicho el OEV en su comunicado del 1 de agosto sobre este particular, estos cambios se produjeron al margen del precepto constitucional que establece que la ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma.

Llevado al calendario, fue aprobado el 30 de junio y publicado en Gaceta Electoral el 27 de julio, con fecha de votación prevista para el 6 de diciembre.

“No puede ser que prácticamente en agosto estén haciendo cambios a una elección en diciembre. El 298 protege la estabilidad electoral, que no haya sorpresas para los competidores y que haya unas reglas de juego claras asumidas por todo el mundo, que tengan una duración y vigencia asegurada para que no haya cambios”, explicó a Crónica.Uno el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli.

El OEV sostiene que el sistema diseñado en el Reglamento Especial no es ni directo ni secreto y puede, muy fácilmente, devenir en uno que tampoco sea libre. No es directo porque los electores votan por unos voceros que serán estos quienes en definitiva voten por los postulados a diputados. No es secreto porque expresamente se establece que tanto los voceros como los diputados serán electos en asambleas públicas a mano alzada. Se corre además el riesgo cierto de no ser libres, ya que al ser público, los electores podrían ser objeto de presiones.

Otras organizaciones de observación electoral también han fijado posición: la Red de Observación Electoral de la Asamblea de Educación (ROAE) considera que este “enrevesado procedimiento” también viola la Disposición Transitoria Séptima de la Constitución, que establece que los candidatos indígenas estarán en el tarjetón de su respectivo estado o circunscripción y todos los electores podrán votar por ellos. De acuerdo con Súmate, lo primero que se requiere es que los actuales poderes públicos se sometan al imperio de la Constitución.

La directiva de la Asamblea Nacional que encabeza Juan Guaidó también desconoció y rechazó por inconstitucional este reglamento. “Minimiza el derecho a la participación política de los pueblos y comunidades étnicas”, expresa el acuerdo.

El 28 de julio se celebró el foro virtual “Hablan los expertos: ¿Hay o no hay condiciones electorales para el 6D?”, organizado por TalCual. Allí participó Leonardo Morales, para esa fecha presentado como representante electoral de Avanzada Progresista, y desde el 7 de agosto rector del CNE. Sobre el tema del reglamento de la representación indígena, citado por el medio de comunicación, Morales “también reconoció que las normas dictadas por el CNE al respecto violentan la Constitución, y destacó que 17 de las 23 organización indígenas que participarán en estas elecciones ‘están en desacuerdo con la normativa aprobada. Eso fue una decisión tomada desde el CNE (…) me parece que en algunas cosas puede estarse de acuerdo, pero en otras es excluyente de los pueblos indígenas’”.

Morales juró frente a los integrantes de la Sala Constitucional, en breve acto transmitido por VTV

Nuevo rector: suplentes no ascendieron

Rafael Simón Jiménez reveló que el CNE se había convertido para él en “una camisa de fuerza”. Por eso el 6 de agosto renunció como rector principal y vicepresidente del ente comicial, antes de siquiera cumplir dos meses en el cargo. “De alguna manera comenzó un conflicto conmigo mismo porque yo cumplía como una doble función de rector y a la vez de actor político”. Un conflicto que, dice, fue acumulando situaciones hasta que llegó a la idea de rescatar su “libertad de acción”. Por carácter, temperamento y convicciones, le resultó imposible ser árbitro neutral ante la “angustiosa y trágica situación” que atraviesa el país.

24 horas después de formalizada su dimisión, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia volvió a aplicar el procedimiento de la “omisión legislativa”. Verificada la falta absoluta, decidió en su sentencia Nº 0083, del 7 de agosto, designar a Leonardo Morales como rector principal, vicepresidente del CNE y presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Esto es, los cargos que ostentaba Jiménez. Hasta el 14 de agosto no había sido publicado el fallo por extenso.

El nombre de Morales no figuraba entre los 10 rectores suplentes que designó el mismo Poder Judicial el pasado 12 de junio en la noche. Ha debido ser el primer suplente de Jiménez quien automáticamente asumiera el cargo del renunciante, como ha apuntado el OEV. El TSJ, entonces, desconoció en este sentido su propia decisión de junio.

El rector Morales, sin embargo, ha expresado su punto de vista al respecto: “Ante la renuncia de Rafael Simón Jiménez el tribunal podía echar mano de uno de los suplentes o nombrar a alguien externo como efectivamente hizo (…) a mí me acompaña una vasta experiencia; trabajé en el Consejo Nacional Electoral por 23 años”, dijo en entrevista a Globovisión el 11 de agosto.

Como es conocido, constitucionalmente el nombramiento de los rectores del Consejo Nacional Electoral es una atribución exclusiva de la Asamblea Nacional. Vista la falta de mayoría calificada en el hemiciclo, la opinión pública ha sabido que la conformación del nuevo CNE, en junio, fue producto de un acuerdo político. Pero se trató de un acuerdo parcial, del que fueron excluidos actores políticos importantes y con capacidad de decisión.

Como ha ocurrido otras veces en el pasado, el rector Morales estuvo vinculado a un partido político registrado en el CNE; en este caso, Avanzada Progresista. El artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Electoral establece que los rectores electorales deben cumplir con varios requisitos para serlo, entre ellos el de no estar vinculados a organizaciones con fines políticos.

En un comunicado fechado el mismo 7 de agosto de su juramentación, la organización política del ex candidato presidencial Henri Falcón dejó saber que Morales renunció “a sus intereses personales y militancia partidista”, aunque sin especificar cuándo lo hizo. En la nota de la entrevista del 11 de agosto con Globovisión, el canal reseña sobre este aspecto: “Morales habló en pasado sobre su vinculación con el partido Avanzada Progresista. ‘Tuve la oportunidad de asesorar a Henri Falcón y participar en varios comandos de campaña’”.

Uno de los puntos que funcionaron durante la jornada especial | Foto vtv.gob.ve

Registro Electoral: 122 puntos menos

De 17 días fue el lapso total de la jornada especial de Registro Electoral para la inscripción de nuevos electores y la actualización de datos, con incidencia sobre las próximas elecciones parlamentarias. Incluyó, como se sabe, una prórroga de tres días.

Al inicio de esta jornada especial, el 13 de julio, el CNE informó sobre “la apertura de 551 Centros de Inscripción y Actualización en todo el país”. Sin embargo, al ofrecer el balance de cierre, el 3 de agosto, el mismo ente comicial precisó que “para la realización de dicha jornada fueron habilitados un total de 429 puntos a lo largo y ancho del territorio nacional”. Una diferencia de 122 centros o puntos menos, en relación con los anunciados.

El CNE registró 808.522 operaciones durante esta jornada especial. De este dato oficial se desprende que en cada punto registraron una media de 110 operaciones por día. Las 17 jornadas estuvieron enmarcadas en la cuarentena que rige para Venezuela por la pandemia de covid-19, con niveles de flexibilización según la semana y la entidad federal.

Así, el corte del Registro Electoral Preliminar, publicado el 8 de agosto de 2020, totaliza por el momento 20.733.941 electores. Una cifra que, de acuerdo con la autoridad electoral, incluye a los 251.398 nuevos inscritos en esta reciente jornada especial del RE, así como la depuración de la data de fallecidos.

Desde el 9 y hasta el próximo 23 de agosto transcurre el lapso para considerar posibles impugnaciones y reclamos. Al revisar sus datos en la web del CNE verá el enlace a una Planilla General de Reclamos, que permite su envío a un correo institucional referido en el mismo formulario; o quien lo prefiera, puede descargarla, llenarla y entregarla en físico. En esta fase ya no serán posibles nuevas inscripciones ni actualizaciones, de cara a la votación de diciembre. Finalizado este lapso, el CNE debe conformar el Registro Electoral Definitivo.

En un comunicado del pasado 30 de julio, el OEV lamentó el escaso tiempo del cual se dispuso, así como el número insuficiente de centros para el Registro. Igualmente, la inoperatividad de algunos puntos referidos en la web del CNE dificultó aún más a los ciudadanos el cumplimiento de este derecho. Unas condiciones que no dan pie para considerar como exitosa la jornada de registro celebrada.

Jornada RE 2020
Infogram

En el proceso electoral parlamentario anterior (2015) la jornada especial del RE duró 140 días más que esta vez y contó con 1.139 más centros que ahora, sin contar que hace un lustro no existían las restricciones de movilidad ni la emergencia sanitaria que definen este momento.

La “Guía para organizar elecciones en tiempos de pandemia” de la Organización de Estados Americanos recomienda, entre otros 17 aspectos ya referidos por el OEV, el de “ampliar los plazos de inscripción y actualización del Registro Electoral”.

Los adecos hacen asambleas estadales para analizar la coyuntura | Foto El Universal

Partidos políticos: 27 no participan

Un grupo de 27 partidos políticos, entre los cuales están casi todas las bancadas de la oposición con diputados en la Asamblea Nacional y dos partidos de representación indígena, acordaron de manera unánime, el pasado 2 de agosto, “no participar” en las próximas elecciones parlamentarias, que ellos consideran un “fraude electoral”. Argumentan sus razones en un manifiesto titulado “Unidos debatimos y unidos decidimos: NO participaremos en el fraude, SÍ lucharemos por verdaderas elecciones libres”.

Aquí destacan las firmas de Acción Democrática, Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, Voluntad Popular y Copei.

El líder de la oposición, Juan Guaidó, recién reiteró las que considera unas “condiciones centrales” para tener “unas elecciones viables”: tener un CNE independiente y electo por la Asamblea Nacional, participación plena de todos los partidos políticos, devolver los símbolos de los partidos a sus legítimos líderes, ofrecer un calendario electoral para unas votaciones presidenciales y parlamentarias y observación internacional.

El 8 de agosto, sin embargo, se hizo público otro comunicado en el cual 17 partidos políticos nacionales informan su intención de participar en las elecciones parlamentarias y exhortan a los venezolanos a no abstenerse a la convocatoria del CNE.

Así las cosas, el CNE tiene vigentes 107 organizaciones con fines políticos para las elecciones de la próxima Asamblea Nacional: 30 partidos nacionales y 53 regionales, junto a 6 organizaciones indígenas nacionales y 18 regionales.

En la lista están Acción Democrática, Primero Justicia y “Voluntad Popular Activistas”. Tres de los partidos del llamado “G-4” han sido objeto de decisiones del TSJ que consisten en suspender las actuales direcciones nacionales y nombrar otras mesas directivas, con orden al CNE de “abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Mesa Directiva ad hoc designada”. Con Un Nuevo Tiempo hubo solicitud pero todavía se espera la sentencia, aunque en la lista sí figura la organización “Un Nuevo Tiempo Contigo”.

Entre tanto, del 10 al 19 de agosto transcurre el lapso del proceso de postulaciones de candidatos a la Asamblea Nacional. Las organizaciones con fines políticos autorizados podrán presentar sus candidatos por medio del Sistema Automatizado de Postulaciones.

Las organizaciones nacionales formalizarán luego sus postulaciones ante la sede central del CNE; las regionales lo harán ante la correspondiente Junta Regional Electoral. El ente comicial ha informado que “el Sistema Automatizado de Postulaciones representa un gran avance en materia de simplificación de trámites administrativos”, pues solo es necesario disponer de conexión a internet para realizar la inscripción de candidaturas.

Ya fueron definidas las personas autorizadas para realizar la postulación ante el órgano comicial. Ellas deben ingresar al sitio web del CNE y hacer el proceso de carga del Plan de Gestión de la organización que postula, donde se plasman los objetivos generales y específicos, para luego pasar a la inscripción de candidatos.

Una vez completado ese proceso, el sistema genera el listado de candidatos. Debe ser impreso y firmado en duplicado por esos representantes autorizados, para su posterior presentación ante la sede central del CNE o la Junta Electoral correspondiente.

“Vale destacar que el sistema está diseñado para respetar la paridad de género, por lo cual los candidatos principales y suplentes deben presentarse bajo ese principio, pues de lo contrario, el sistema no permitirá la carga de postulaciones”, advirtió el CNE en nota de prensa.

Es de resaltar que la normativa que regula los porcentajes para “respetar la paridad de género” fue aprobada mediante la resolución N° 200730-0029, de fecha 30 de julio, apenas días antes de iniciar el período de postulaciones.

Europa y la Iglesia piden condiciones

En una declaración sobre Venezuela, emitida el 11 de agosto, el Alto Representante Josep Borrell da cuenta de los “numerosos” contactos que ha mantenido con diferentes actores políticos venezolanos, tanto del gobierno como de la oposición, con el objetivo de evaluar las posibilidades de que las fuerzas políticas acordaran un marco para las elecciones.

“Durante este tiempo, la Unión Europea recibió una invitación del gobierno de Nicolás Maduro para desplegar una misión de ‘acompañamiento electoral’, un concepto que, como señalé a los interlocutores del gobierno, es ajeno a la práctica de la Unión. La Unión Europea necesita, para desplegar una misión de observación electoral, unas condiciones y garantías mínimas de credibilidad, transparencia e inclusividad, y la capacidad de observar sin interferencias con acceso completo a todo el proceso electoral”, dice Borrell.

Tras estos contactos, el alto funcionario concluyó que, “en estos momentos, no se reúnen las condiciones para un proceso electoral transparente, inclusivo, libre y equitativo”. Borrell dijo haber sugerido la posibilidad de ampliar los plazos electorales para dar respuesta a los requerimientos de la oposición.

Casi en paralelo, el 12 de agosto, el CNE se declaró abierto a coordinar, invitar y recibir a observadores internacionales para las elecciones parlamentarias, refirieron agencias.

La Conferencia Episcopal Venezolana emitió el 11 de agosto un comunicado sobre las elecciones parlamentarias. En el texto expresan: “Nuestro pueblo tiene una gran vocación democrática, por lo que asume en su normalidad ciudadana la vía electoral como la manera pacífica y racional de establecer una ruta política consensuada e inclusiva para resolver los ingentes problemas que le afectan; esta convicción nos lleva a descartar cualquier salida fuera de la institucionalidad constitucional. Para ello, es necesario celebrar elecciones libres, justas e imparciales con participación de todos los partidos y movimientos políticos, y con un basamento ético que respete el voto ciudadano según está previsto en la Constitución y las normas electorales”.

La jerarquía eclesiástica, igualmente, se dice consciente de las “irregularidades” cometidas en el proceso de convocatoria y preparación de las próximas elecciones parlamentarias: desde la designación de los directivos del Consejo Nacional Electoral, la confiscación de algunos partidos políticos, inhabilitación de candidatos, amenazas, persecuciones y encarcelamiento de algunos dirigentes políticos, el cambio del número de diputados y de circunscripciones electorales. “Resulta inmoral cualquier maniobra que obstaculice la solución política y social de los verdaderos problemas presentes en el país”.

Sobre la voluntad de un grupo importante de líderes y de partidos políticos, quienes han expresado no participar en las elecciones parlamentarias, la Iglesia les dice: “Esto no basta, deben asumir la responsabilidad de buscar salidas y generar propuestas para el pueblo que durante años han creído en ellos, pues la sola abstención hará crecer la fractura político-social en el país y la desesperanza ante el futuro”.

La decisión de abstenerse, de acuerdo con los obispos y arzobispos de la junta directiva de la CEV, priva a los ciudadanos venezolanos del instrumento válido para defender sus derechos en la Asamblea Nacional. “No participar en las elecciones parlamentarias y el llamado a la abstención lleva a la inmovilización, al abandono de la acción política y a renunciar a mostrar las propias fuerzas”. Recuerdan lo ocurrido en diciembre de 2005: “no tuvo ningún resultado positivo”. Por eso, observan: “A pesar de las irregularidades, la participación masiva del pueblo es necesaria y podrá vencer los intentos totalitarios y el ventajismo de parte del gobierno”.

El momento actual, concluye la Conferencia Episcopal, exige la participación plena y libre de todos los partidos y movimientos políticos, junto con el compromiso ineludible de las autoridades y los dirigentes de los mismos, de dejar a un lado sus propios intereses para promover el bien común y el servicio a todo el pueblo venezolano. “Nos mueve la fe en Dios, en los valores trascendentes y el amor al pueblo, los únicos que conducen a la paz y a la convivencia fraterna de todos”.


“Nuestros votos fueron robados”: denuncias de fraude en Bielorrusia

La candidata presidencial Svetlana Tikhanovskaya emite su voto durante las elecciones presidenciales en Minsk el 9 de agosto | Foto CNN

Cuestionados resultados oficiales en Bielorrusia. Alexandre Lukashenko, quien gobierna ese país desde hace 26 años, sumó 80,23% de los votos en las elecciones del domingo 9 de agosto para obtener su sexto mandato, frente a 9,9% de la opositora Svetlana Tijanóvskaya.

La reelección no fue aceptada por muchos bielorrusos que salieron a las calles a protestar y denunciar fraude. Miembros del personal médico se reunieron frente a sus instalaciones. Artistas de la Filarmónica de Minsk entonaron canciones patrióticas ante su edificio, sosteniendo letras que formaban la frase: “Nuestros votos fueron robados”.

Bielorrusia es un país de 9,5 millones de habitantes que tiene un parlamento sin oposición.

Los partidarios de la opositora Svetlana Tijanóvskaya reivindican la victoria de su candidata, quien, tras una campaña que suscitó un fervor nunca visto en la antigua república soviética, se declaró victoriosa, abandonó su país y se refugió en Lituania, ha informado AFP.

“Nuestra Constitución no está hecha para una mujer”, había dicho Lukashenko antes de las elecciones. Svetlana Tikhanovskaya, un ama de casa de 38 años, se convirtió en figura pública tras el arresto de su marido, el conocido youtuber y bloguero bielorruso Sergei Tikhanovsky. “Un arresto que algunos apuntan como urdido desde la más altas esferas para evitar que el activista continuara con su carrera política hacia la Presidencia del país”, reseña Euronews.

Estos comicios, calificados como polémicos por gran parte de la comunidad internacional, se realizaron nuevamente sin la presencia de observadores internacionales. Ni siquiera de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE), que no fueron invitados por el Gobierno.

Estados Unidos y la Unión Europea denunciaron que las elecciones fueron fraudulentas y condenaron la represión. Entre tanto, en Caracas, el presidente Nicolás Maduro celebró el lunes lo que considera una “inobjetable victoria” de su par de Bielorrusia. (Con información de AFP, Euronews y CNN)


Elecciones en EE UU: Facebook se blinda contra la desinformación

Los contenidos falsos tienden a aumentar en épocas electorales

Los grupos políticos que crean sitios web diseñados para parecerse a los medios de comunicación ya no recibirán el mismo tratamiento que los medios independientes en Facebook, anunció la red social.

Estos sitios partidistas pueden permanecer en la plataforma, pero ya no obtendrán una “exención de noticias” para sus anuncios y estarán “sujetos al mismo estándar que las entidades políticas en Facebook”, según un comunicado.

Los investigadores han identificado más de 1.200 sitios partidistas diseñados para parecer noticias locales, pero con más del 90 por ciento de sus historias generadas algorítmicamente utilizando conjuntos de datos públicos o reutilizando historias de fuentes externas.

Facebook también lanzó un centro de información con miras a las elecciones presidenciales de noviembre en Estados Unidos, como parte de su campaña para ayudar a millones de votantes a registrarse y contrarrestar la desinformación. 

El centro de informes al que se accede desde el menú en Facebook e Instagram “servirá como una ventanilla única para brindar a las personas en Estados Unidos las herramientas y la información que necesitan para hacer oír su voz en las urnas”, señaló el gigante de las redes sociales. 

La iniciativa es el último esfuerzo para evitar que se reproduzca la desinformación en la plataforma como ocurrió en las elecciones de 2016 y por lo que fue criticada.

Los usuarios de Facebook e Instagram pueden usar la herramienta para verificar si están registrados para votar y cómo hacerlo si no lo están. 

El lanzamiento se produce en medio de preocupaciones sobre las campañas destinadas a influir en las elecciones y la opinión pública de otros países.

Google anunció, por su parte, nuevas funciones en su buscador para dar información detallada sobre cómo registrarse y votar, dirigiendo a los usuarios hacia las autoridades locales de votación. (Con información de AFP)


Recomendación al cierre

No va en la frente, estilo cintillo. Ni en el mentón, como falsa barba. Tampoco en el cuello, en plan bufanda. Mucho menos guindado en una oreja, tipo zarcillo. El tapaboca es un pequeño pero poderoso escudo contra el nuevo coronavirus que solo será efectivo si permanece bien colocado. REPASE, HACIENDO CLIC AQUÍ, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre cómo utilizar una mascarilla higiénica de tela o una mascarilla médica de forma segura.

A un año de la celebración de las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018 es necesario resaltar que sus resultados están lejos de ser producto de un proceso electoral imparcial, equitativo, transparente y, por ende, confiable. Al punto que esas elecciones presidenciales solo sirvieron para profundizar la crisis política debido a la pérdida de legitimidad en la reelección de Nicolás Maduro y, además, le sumaron nuevas aristas a un complicado contexto de recesión económica y de emergencia social en Venezuela.

Desde el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), se cuestionó que fuera un órgano sin legitimidad política como la Asamblea Nacional Constituyente que hiciera la convocatoria a tales comicios. Aparte de que se inhabilitaron a candidatos y a partidos políticos de la oposición venezolana con grandes cuotas de representación en la Asamblea Nacional y, a la vez, se limitó la actualización y la inscripción de personas en el Registro Electoral, en especial de los venezolanos en el exterior que ya suman, al menos, un conjunto de 3,7 millones de personas de acuerdo a las cifras de la Organización Internacional de Migraciones (OIM).

Todas estas acciones de ventajismo político se hicieron bajo la mirada despreocupada del Consejo Nacional Electoral (CNE), quien no fue la única autoridad que tuvo un papel como árbitro electoral. Otros cuerpos como el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Contraloría General de la República (CGR) también tomaron participación en decisiones que marcaron la contienda electoral, que resultó desconocida tanto a lo interno de Venezuela como afuera de sus fronteras.

El resultado no podía ser otro que una histórica baja participación en una elección presidencial venezolana apenas con 46,07%, como lo marcaron los resultados oficiales del CNE. Esta cifra que pudiera ser alta que cualquier otro país de América Latina está muy lejos de la participación electoral de 74,69% que se reportó en las presidenciales de 2006, el 80,49% de las presidenciales de 2012 o incluso, de la participación de 79,68% que se dio durante las presidenciales de 2013.

Valga el momento, además, para evocar que el equipo de veedores del OEV en los 24 estados fue testigo de un cúmulo de 459 irregularidades electorales, durante el propio día de las votaciones del 20 de mayo. En concreto, se registraron 75 hechos de violencia o momentos de tensión, 84 fallas en la organización y más importante, 294 reportes de abuso con la propaganda electoral y los recursos públicos.

Este ventajismo del partido político a cargo del Gobierno también se expresó en una campaña de coartación para aquellos electores que reciben los beneficios de los distintos programas sociales que se entregan a través del mecanismo del llamado “Carnet de la Patria”. No es sencillo olvidar tampoco que todavía no se ha levantado una investigación profunda e imparcial sobre la denuncia de la compra de los votantes con la entrega de una bonificación especial en bolívares para aquellos portadores del “Carnet de la Patria”.

Aparte los representantes del OEV, tuvieron que lidiar con 6 episodios distintos que le pusieron reservas para efectuar su labor de observación electoral en algunos centros de votación. Estos números apenas dan cuenta de la tendencia en los 313 centros electorales que formaron parte de la muestra usada para la observación.

Todas estas irregularidades son parte de los argumentos que llevaron a más de 50 países en el mundo a desconocer la reelección de Nicolás Maduro y que hoy se expresan en distintas iniciativas de mediación política que intentan encontrar una salida a la crisis política en Venezuela.
En las ofertas del Grupo de Lima, del Grupo Internacional de Contacto y otras gestiones como el reciente encuentro liderado por Noruega, la celebración de unas elecciones equitativas, justas y con garantías aparece como una de las herramientas más útiles para resolver el grave desafío nacional.

Sin embargo, en el OEV queremos resaltar que nada de esto puede darse sin que se resuelva primero: el nombramiento de un nuevo cuerpo de rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), se realice un operativo especial para actualizar el Registro Electoral que permita la participación de todos los electores venezolanos tanto adentro como afuera del país y se garantice el cumplimiento de, al menos, 12 auditorias básicas y de las misiones de observación electoral tanto nacionales como internacionales

Observatorio Electoral Venezolano
Caracas, 20 de mayo de 2019

No hay duda que las elecciones son la mejor vía para resolver la actual crisis del país. La gravedad de la crisis obliga a transitar esa vía lo más pronto posible. Pero hacerlas a la carrera no es una buena idea. Elecciones de calidad requieren tiempo para cumplir múltiples y complejas tareas que garanticen su transparencia, confiabilidad y legitimidad.

Ante esta urgencia, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) considera que deben respetarse un conjunto de condiciones. Más que apuntar con rigidez los lapsos de las distintas etapas, la intención del OEV es señalar la trascendencia de algunas fases y los riesgos o deficiencias en las que podría incurrirse si se atropellan los tiempos (repitiendo el patrón de convocar elecciones de forma acelerada vivido en 2017 y 2018).

iertamente, muchas actividades que se realizan en condiciones democráticas normales pueden flexibilizarse en función de la urgencia de las circunstancias, pero nunca es buena idea hacer elecciones a la carrera. A continuación enumeramos las etapas, cuya ejecución puede ocurrir de forma simultánea en algunos casos.

1) Reestructuración del arbitraje institucional.

La reestructuración del arbitraje electoral, para alcanzar uno imparcial y que goce del reconocimiento de las mayorías, pasa por la designación de un nuevo Poder Electoral, un nuevo CNE. Ese nuevo CNE debería recuperar las funciones que le pauta la Constitución de la República Bolivariana (CRBV) que le asigna independencia y autonomía plena frente a otros poderes del Estado.

Pero garantizar un arbitraje institucional imparcial requiere, además de un nuevo CNE, cambios profundos en otros poderes públicos. La justicia electoral, expresada en sentencias de tribunales de diversas jerarquías, han mostrado sesgos inaceptables. Decisiones de la Contraloría General de la República, inhabilitando políticamente a ciudadanos mediante dictámenes administrativos, por ser violatorios de la CRBV, son igualmente inaceptables.

2) Convocatoria.

Se trata de una de las actividades más relevantes y, en vista de ser el punto de partida de la elección, define las reglas del juego de todo el proceso. La convocatoria es el acto público en el cual se fija la fecha de la elección y se difunde el cronograma del proceso, según lo estipulado en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). El mismo día en que se anuncia la fecha de la elección debe obligatoriamente aparecer publicado este documento en Gaceta Oficial.

Difundido oportunamente y con suficiente antelación, el respeto al cronograma es uno de los elementos que contribuye a crear condiciones de transparencia, puesto que permite a todos los contendientes conocer las actividades pre-electorales, electorales y post-electorales con sus respectivos lapsos de duración y fechas de ocurrencia. La fijación de la fecha misma de las elecciones no debe ser producto de una decisión arbitraria y unilateral del CNE. En esta oportunidad, más que nunca, debe ser producto de un entendimiento entre los actores políticos y sociales del país.

El análisis comparado de las elecciones realizadas en Latinoamérica en 2018 permite comprobar que, como regla, estos procesos suelen convocarse con al menos nueve meses de anticipación a la fecha de las votaciones, tomando en cuenta la fecha en que fueron anunciados los comicios y aprobados los cronogramas electorales correspondientes: en Costa Rica (18 meses de antelación), El Salvador (19 meses), Colombia (12 meses, tanto para las legislativas como para las presidenciales), Paraguay (14 meses), México (15 meses), Brasil (9 meses) y Perú (11 meses). Sirve también como ejemplo la preparación para las elecciones presidenciales de 2012 en Venezuela, cuando la fecha de la elección se dio a conocer con 13 meses de antelación al evento, mientras que la convocatoria formal –con la publicación del cronograma­– se realizó con poco más de seis meses de anticipación.

3) Registro Electoral.

Nunca antes Venezuela había tenido un número tan elevado de electores fuera de sus fronteras, producto de la actual crisis migratoria. Esto significa que la organización de un proceso electoral presidencial, que es el único que en Venezuela permite la participación de nacionales residenciados fuera del país, pasa por garantizar la inclusión de todos estos ciudadanos que, por alguna u otra razón, decidieron marcharse del país.

En este sentido, resulta esencial establecer un plazo prudencial para la realización de operativos especiales de inscripción y actualización de los datos de electores, dentro y fuera del país. De manera que, el encargado de administrar el padrón, debe garantizar a todos los potenciales electores la posibilidad de actualizar sus datos en el registro.

Por ejemplo, estas jornadas extraordinarias se extendieron entre tres y cinco meses, en el caso de las elecciones presidenciales de 2012 y las parlamentarias de 2015 respectivamente. Pero importa, sobre todo, el número de puntos que se habiliten y el diseño de estos operativos, en los cuales se deben desplegar una mayor cantidad de máquinas en zonas de todo el país con gran afluencia de ciudadanos, así como en embajadas y consulados alrededor del mundo. El padrón electoral debe ser preciso, confiable y estar actualizado, por lo que deben respetarse también sus lapsos de impugnación y auditoría.

4) Postulaciones.

Se trata del procedimiento a través del cual quienes aspiran convertirse en candidatos presentan su inscripción ante la autoridad electoral. Aunque es una etapa técnicamente sencilla de resolver, necesita tiempo para que, por un lado, los partidos políticos seleccionen a sus nominados y, por otro, se den plazos de preparación para candidatos independientes (ya sea a través del mecanismo de grupo de electores o por iniciativa propia, de acuerdo a lo establecido en las leyes electorales vigentes). En la actualidad venezolana, no resultará posible organizar un proceso electoral libre hasta tanto no se revierta la condición de inhabilitación que se mantiene sobre candidatos y partidos políticos de oposición, para que participen en condiciones de igualdad y en un clima exento de amenazas.

5) Catastro.

Esta fase implica la revisión de los centros de votación para verificar su condición previa a la elección. Incluye la actualización o depuración, agregación de nuevos establecimientos y posterior aprobación en directorio de los centros definitivos. Resulta vital en todos los comicios.
Según los cronogramas electorales respectivos, se otorgaron 44 días para la organización de actividades asociadas al catastro en las parlamentarias de 2005, tres días en las regionales de 2008, tres días en las parlamentarias de 2010, 84 días en las presidenciales de 2012, 46 días en las municipales de 2013 y tres días en las parlamentarias de 2015. Como se observa, los lapsos atribuidos en el pasado no han sido regulares.

Lo dicho hasta aquí supone que cualquier elección futura requerirá, particularmente, una revisión exhaustiva de los centros de votación creados por el CNE a partir de 2015.

6) Auditorías.

Para garantizar la verificación de todos los recursos materiales, tecnológicos y los datos que se utilizan en las distintas fases del proceso automatizado venezolano –de forma que se asegure la confiablidad, transparencia e integridad de su funcionamiento–, se han establecido 12 auditorías elementales (básicas). El tiempo de estas actividades alcanza como mínimo un plazo de 160 días, tal y como puede apreciarse en la siguiente tabla, tomada del informe Auditorías del Sistema Electoral Venezolano, publicado por el Poder Electoral en 2010.

7) Capacitaciones.

El correcto funcionamiento del sistema electoral venezolano depende también del comportamiento de los electores llamados a prestar servicio electoral obligatorio (miembros de mesa e integrantes de las juntas regionales y municipales), de los coordinadores de los centros de votación y operadores de máquinas (personal técnico y operativo). Es tarea de la autoridad electoral capacitar el recurso humano indispensable para alcanzar un proceso verdaderamente independiente. Sin embargo, esto no se hace de la noche a la mañana.

Inicialmente, los miembros de mesa e integrantes de las juntas deben ser elegidos de forma aleatoria en un sorteo público y auditable, contando con presencia de los partidos políticos. De inmediato, los seleccionados en el sorteo deben ser notificados y posteriormente capacitados. Lograr que los escogidos para prestar el servicio acudan al llamado y reciban una capacitación de calidad requiere tiempo, algo fundamental para evitar que las plazas sean ocupadas por ciudadanos no capacitados el día de la elección. A las actividades de capacitación se le han asignado en elecciones anteriores al 2015 entre uno y cuatro meses.

8) Campaña electoral.

Se refiere a las actividades de carácter público desarrolladas para promover y captar el voto por los candidatos o partidos políticos a través de cualquier medio o herramienta propagandística. Se ha extendido entre 20 ó 30 días en el caso de elecciones parlamentarias y hasta 90 días para presidenciales (2012). Suele culminar entre 72 ó 48 horas antes del evento electoral por instrucción del CNE.

Más importante que el plazo dado para que los aspirantes expongan sus ofertas y propuestas (programas y planes de gobierno), es el acceso a medios de comunicación proporcional y equilibrado para todos los participantes, así como la vigilancia y aplicación de sanciones que la autoridad electoral ejerza por el incumplimiento a las normas de campaña, especialmente cuando está involucrado el uso de los recursos del Estado para tal fin (ventajismo gubernamental) o la realización de actos proselitistas fuera del lapso estipulado. Es cada vez más urgente que el árbitro haga seguimiento a las fuentes de financiamiento de los candidatos y partidos políticos.

9) Observación nacional e internacional.

El Cronograma Electoral de unas elecciones libres debe contemplar actividades relacionadas a la participación de observadores nacionales e internacionales, que tienen carácter complementario, cada una con sus particulares capacidades. Entre tales actividades están la distribución de invitaciones, las fases de recibimiento, entrega de acreditaciones, despliegue y presentación de los informes sobre las misiones. Los lapsos de esta etapa debe ser suficientes para que misiones técnicas como las ejecutadas por la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Unión Europea –las cuales requieren ser notificadas con varios meses de antelación– se desplieguen en el país.

Para ello, resulta urgente devolver la pluralidad en la conformación de estas misiones, revirtiendo la figura de “acompañantes” por la de “observadores” y publicando con suficiente antelación la información de quiénes integrarán estas delegaciones. La diferencia fundamental es que los acompañantes no tienen verdadero acceso a la verificación de todas las etapas que forman parte del proceso electoral, se instalan con poca anticipación –apenas una semana antes de los comicios–, y tienen prohibido hacer pronunciamientos públicos sin autorización. Consiste, más bien, en una presencia política simbólica y no en una evaluación sistemática, como corresponde a los observadores.

10) Otras actividades

Otras etapas, como la campaña institucional de información y divulgación –sobre todo para reforzar la credibilidad en la secrecía del voto y en el sistema automatizado de votación–, el simulacro y las ferias electorales, la generación e impresión de boletas o el ensamblaje y despliegue del material y la acreditación de testigos de los partidos políticos también son relevantes para llevar a cabo un proceso de calidad.

De todo lo anterior se desprende que las elecciones son resultado de un complejo proceso que requiere la participación de una diversidad de actores, cada uno con diferentes funciones y agendas. Si se atropellan las etapas y tiempos electorales se corre el riesgo de atentar contra principios democráticos fundamentales, tales como la garantía de que todos los ciudadanos tengan igual derecho a participar como electores y como candidatos, que su voto tenga el mismo valor, que tengan libertad de organizarse, el derecho de acceder a información con antelación y que las leyes electorales sean aplicadas de manera justa y no partidista. En definitiva, organizar elecciones a la carrera es una mala idea.

El organismo habilitó 28.783 mesas de votación para las próximas Elecciones de Concejales, suprimiendo más de 5.300 mesas con respecto a la elección presidencial celebrada el 20 de mayo de 2018. El 75,7% de estas mesas sobrepasa la capacidad máxima de 600 electores fijada por el propio CNE. Más de 5.700 mesas (equivalente al 20%) tienen entre 901 y 1000 electores, decisión cuyas razones no han sido explicadas por el árbitro

En los dos últimos años el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha reducido el número de mesas de votación habilitadas para cada comicio, pese a que la población electoral se mantiene en aumento. Para las próximas Elecciones de Concejales del 9 de diciembre, el organismo instalará 28.783 mesas de votación en 14.382 centros, una cantidad que se acerca a la desplegada en la cuestionada elección de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Esta medida tendrá altas probabilidades de producir un efecto de “embotellamiento” o congestión en las afueras de los centros y podría interpretarse como un pronóstico de que el CNE calcula baja asistencia al evento.

Regresión desde 2015

Alrededor de 19,5 millones de electores estaban habilitados para acudir a las urnas en las parlamentarias de 2015, por lo que el árbitro electoral instaló 40.601 mesas en 14.515 centros de votación. Esa cifra de mesas cayó a poco más de la mitad en la elección siguiente, cuando el CNE organizó en tiempo récord un proceso para elegir a los integrantes de una ANC que –de acuerdo a los sondeos del momento– fue rechazada por la mayoría de los venezolanos. En esa ocasión, para el 30 de julio de 2017, el organismo electoral mantuvo el mismo número de centros que en 2015 pero habilitó apenas 24.138 mesas de votación para 19,8 millones de votantes inscritos en el Registro Electoral.

Mesas de votación 2010-2018
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La cantidad de mesas creció en las elecciones siguientes pero no volvió a alcanzar la cifra de las parlamentarias de 2015. Así, para la elección de gobernadores de octubre de 2017, el CNE redujo los centros a 13.559 en los que habilitó 30.274 mesas de votación. Precisamente, una de las mayores irregularidades recopiladas previo a esa jornada electoral, fue la decisión del organismo de eliminar 76 centros, crear 11 y reubicar otros 274 centros faltando 48 horas para el evento. Estos cambios a última hora una vez cerrado el Registro Electoral no solo afectaron a 715.502 electores (3,96% del Registro Electoral) sino que, de acuerdo a la ley electoral vigente (artículo 215 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales), son causales de nulidad de la elección.

Posteriormente, para las elecciones de alcaldes del 10 de diciembre de 2017, el CNE habilitó 32.775 mesas en 14.384 centros de votación. Seguida de las elecciones Presidenciales y de Consejos Legislativos del 20 de mayo de 2018, para las que el árbitro desplegó 34.143 mesas en 14.638 centros de votación para que alrededor de 20,7 millones de votantes acudieran a las urnas.

Esto significa que el CNE suprimió más de 5.300 mesas en un lapso de siete meses, transcurrido desde esa última elección presidencial a la elección de concejales que deberá celebrarse el próximo diciembre. En otras palabras, el porcentaje de reducción de mesas desde diciembre de 2015 hasta diciembre de 2018 ha sido de 29%.

75% de las mesas superan el límite de electores

Para los comicios del 9D el Poder Electoral excedió el tope máximo de 600 electores por mesa. Este límite fue fijado por el organismo a partir de 2004, cuando aplicó una “política de descongestionamiento” para “facilitar el acto de votación y estimular la participación ciudadana”, según lo describió la propia presidenta del CNE Tibisay Lucena en el texto titulado El Poder Electoral, la experiencia venezolana.

En esta ocasión, y de acuerdo a los datos que proporciona el ente en su página web, el 75,7% de las mesas de votación que serán desplegadas para la próxima Elección de Concejales supera el límite de 600 votantes. Entre ellas, 5.792 mesas –equivalente al 20,1%– concentran entre 901 y 1.000 electores. Observa la tabla presentada a continuación.

Concentración electores por mesa 9D
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Por ejemplo, de los 32 centros que tienen mesas con 1.000 electores, resaltan cuatro ubicados en el Distrito Capital: la Unidad Educativa “Diego de Lozada” (parroquia 23 de enero), la Unidad Educativa Bolivariana “José Martí” (parroquia El Recreo), el Liceo Bolivariano “José Ávalos” (parroquia El Valle) y la Escuela Básica Nacional “Antonio Calcaño” (parroquia El Valle).

En este sentido, es importante resaltar que el número de mesas desplegadas el día de la jornada electoral no guarda relación con el tipo de elección, sino con la dimensión del Registro Electoral. Así, el número de máquinas (equivalente al número de mesas, dada la ubicación de una máquina en cada mesa) se define por la suma de datos que guarda el padrón electoral.

Bajo este diseño el CNE lesiona el derecho al sufragio de los venezolanos, pues deberían instalarse mesas suficientes para todos los inscrito. Pese a ello, el árbitro no ha explicado las razones de esta reducción, pudiéndose interpretar como un pronóstico de que espera baja participación al evento.

Por segunda vez en una década, después de los comicios constituyentes del 30 de julio de 2017, el Poder Electoral definió las circunscripciones electorales para la escogencia de integrantes a los Consejos Legislativos sin la aprobación de las proyecciones poblacionales por parte del Parlamento Nacional. En total, el diseño quedó con una circunscripción menos y 14 representantes adicionales en comparación con las elecciones regionales de 2012

CIRCUNSCRIPCIONES 2018
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El diseño de las circunscripciones electorales para elegir a los integrantes de los Consejos Legislativos el próximo 20 de mayo sufrió una sola modificación en relación a las aprobadas para las Elecciones Regionales de 2012. En esta oportunidad, el Consejo Nacional Electoral (CNE) restó una circunscripción al estado Delta Amacuro, que pasó de tener tres en 2012 a dos en 2018 con la fusión de los municipios Antonio Díaz y Casacoima en un único circuito. De esta forma, se configuraron un total de 132 circunscripciones en todo el país, una menos que hace seis años, con un aumento total de cinco diputados lista –que pasaron de 54 en 2012 a 59 en 2018– y nueve diputados nominales –que pasaron de 175 en 2012 a 184 en 2018–, al tiempo en que el número de representantes indígenas a elegir se mantuvo en ocho.
Pese a que los cambios en el diseño fueron menores, la cantidad de cargos a elegir aumentó de 237 diputados regionales en 2012 a 251 en 2018 debido a que siete estados ganaron dos representantes adicionales: Barinas, Falcón, Monagas, Portuguesa y Sucre pasaron de nueve a 11 diputados, mientras que la cifra de cargos en Táchira se incrementó de 11 a 13 representantes y en Yaracuy de siete a nueve. La justificación ofrecida por el CNE fue que “hubo aumento de la población general” en esas entidades y, por ende, “aumentó el número de cargos a elegir respecto a las Elecciones Regionales 2012”.

Incumplimientos en la convocatoria y aprobación de las circunscripciones

Aunque la convocatoria de las elecciones se realizó el 1 de marzo, no fue sino hasta el 13 de ese mes que la rectora del CNE, Tania D’Amelio, anunció a través de su cuenta en la red social Twitter el número de cargos a elegir para las cámaras legislativas regionales. Inicialmente, el árbitro electoral estableció la distribución sin notificar cómo definió la conformación de las circunscripciones nominales e indígenas, hasta que 41 días más tarde, el 11 de abril, publicó en el portal web del CNE los documentos Cuadro de cargos a elegir y Circunscripciones electorales en los que se detalla el total de legisladores, el número de circunscripciones, la población general –con la proyección hecha hasta el 31 de mayo de 2018–, el índice poblacional y el promedio de legisladores por habitantes en cada una de las 23 entidades federales.
La ley establece que para definir el número de cargos a elegir en los cuerpos deliberantes (Asamblea Nacional, Consejos Legislativos y Concejos Municipales), el Poder Electoral debe solicitar la aprobación de las proyecciones poblacionales elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ante la Asamblea Nacional (artículo 11 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales); pero en esta ocasión pasó por alto este mandato.

La cantidad de legisladores por entidad es seleccionada mediante una escala fija, establecida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). A estados con 700.000 habitantes, o menos, corresponden siete diputados; entre 700.001 y un millón se asignan nueve; a entidades con una población entre uno y 1,3 millones de habitantes conceden 11 representantes; entre 1,3 a 1,6 millones estipulan 13; y finalmente, a territorios de 1,6 millones de habitantes en adelante corresponden 15 diputados. En consecuencia, el número total de miembros en las cámaras regionales no es permanente y dependerá entonces del crecimiento poblacional de la región, aunque sí establece un límite: un máximo de 15 y un mínimo de siete integrantes.
Entre sus principales funciones, los Consejos Legislativos deben controlar que el presupuesto anual presentado por los gobernadores se ejecute adecuadamente, vigilar que el monto asignado por área corresponda con el estipulado en la planificación. Dicho esto, resulta fácil imagina la batalla que genera un Parlamento regional opuesto a la Gobernación. El Distrito Capital merece una acotación especial porque, a diferencia de las demás entidades federales, no cuenta con un Consejo Legislativo.

Para las elecciones del próximo 20 de mayo, el árbitro dio a postulados por iniciativa propia o grupo de electores un plazo de seis días para consignar y validar firmas del 5% del Registro Electoral (987.046 electores), una cifra diez veces mayor a las solicitada por el organismo a los partidos políticos durante los dos procesos de renovación de nóminas realizados en 2016 y 2017. A continuación se exponen cuatro irregularidades en las que incurrió el organismo para la inscripción de candidatos independientes


Como vías alternas de participación política, la ley venezolana establece cuatro mecanismos de postulación de candidatos para cualquier proceso electoral: 1) a través de las Organizaciones con fines políticos, 2) grupos de electores, 3) postulación por iniciativa propia –solo para cargos nominales– y 4) las comunidades u organizaciones indígenas. En algunos de los casos, los procedimientos aparecen contemplados de forma explícita en las normativas electorales, mientras que, en otros casos, la legislación reserva al Consejo Nacional Electoral (CNE) la definición de los métodos para la postulación.

Así, por ejemplo, el artículo 53 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) establece que para postularse por iniciativa propia, los electores deberán presentar el 5% de firmas del Registro Electoral correspondiente al ámbito territorial del cargo a elegir en respaldo a la candidatura; mientras que para la conformación de los grupos de electores, la LOPRE deja a consideración de la autoridad electoral la cantidad de manifestaciones de voluntad a recabar.

En el Reglamento General de esta ley se establece, en sus artículos 181 y 182 (Capítulo VIII del Título V), que para constituir un grupo de electores nacional, regional, metropolitano, distrital o municipal “las manifestaciones de voluntad deberán representar al menos el 5% de los inscritos en el RE de dicha circunscripción” y, al tratarse de una elección nacional, estas manifestaciones deberán estar distribuidas en al menos las tres cuartas partes (3/4) de las entidades federales del país (18 estados).
No obstante, este porcentaje para constituir grupos de electores ha variado independientemente de la naturaleza de cada elección: para las regionales de 2008 el CNE solicitó 0,5% de manifestaciones de voluntad, al igual que para las regionales, municipales y parlamentarias de 2010 o las presidenciales y regionales de 2012; en cambio, para las municipales de 2013 este porcentaje aumentó a 5%. De esta forma, el CNE ha impuesto distintas normativas y mecanismos en la conformación de grupo de electores sin ahondar demasiado en las razones para aplicar tales alteraciones y, al incrementar de 0,5% a 5% el número de “manifestaciones de voluntad” requeridas, es evidente que se dificulta la conformación de grupos de electores.

Primera irregularidad: cinco días para recolectar firmas

Para las elecciones presidenciales de 2018, y antes de anunciar que se escogerían simultáneamente los integrantes a los Consejos Legislativos y Cámaras Municipales, el CNE publicó un aviso oficial el 17 de febrero convocando a los ciudadanos interesados en constituir grupos de electores de carácter nacional, en unos lapsos considerablemente reducidos.
Estipuló dos días para la presentación y aprobación de las solicitudes de nominación y siglas; cinco días para la consignación de las manifestaciones de voluntad ante el CNE (distribuidos en por lo menos 18 estados, en un número no menor al 5% del Registro Electoral en cada entidad federal y que, además, sumara al menos 5% del Registro Electoral Nacional); seis días para la validación de esas manifestaciones de voluntad; un día para la asignación de colores para la identificación en la boleta electoral, para emitir la constancia de constitución del grupo de electores y para definir a los autorizados para postular; y un día adicional para publicar los grupos de electores que quedaron finalmente constituidos, tanto en la página web del CNE como en las Oficinas Regionales Electorales. Todas estas actividades se planificaron de forma simultánea en un plazo de apenas ocho días, entre el 19 y 26 de febrero, lo que significa que se estipularon plazos muy cortos para que candidatos no postulados por partidos políticos pudieran, por ejemplo, reunir las firmas necesarias.

Revise las fechas en la infografía presentada a continuación.

Segunda irregularidad: exclusión del Cronograma Electoral

La información referente a la conformación de los grupos de electores y postulación de candidatos por iniciativa propia fue completamente excluida del primer Cronograma Electoral (publicado el 8 de febrero, un día después de la convocatoria), cuando las presidenciales estaban inicialmente convocadas para celebrarse el 22 de abril de 2018. Allí no se hizo ninguna mención a los lapsos establecidos para la consignación y validación biométrica de las manifestaciones de voluntad. Aunque la legislación estipula claramente que toda actividad relacionada con el proceso electoral debe ser publicada en el cronograma, el CNE optó por difundir estas fechas en documentos separados y omitió anunciarlas en las ruedas de prensa ofrecidas por sus voceras. Estos documentos fueron difundidos el 19 de febrero en la cuenta de Twitter de la rectora Tania D’amelio –el mismo día en que iniciaba el proceso–, sin hacer referencia al número de puntos distribuidos en todo el país para tal fin y sin campaña institucional de respaldo. Básicamente, los electores no contaron con tiempo suficiente para enterarse cuándo y dónde validar en apoyo a la candidatura de un dirigente postulado por iniciativa propia o por un grupo de electores.

Doce días después de anunciar la reprogramación de las elecciones presidenciales para el 20 de mayo, con la realización conjunta de los comicios para escoger a diputados regionales y concejales, la autoridad electoral publicó un nuevo cronograma (el 13 de marzo) en el que sí incluyó los lapsos para la conformación de los grupos de electores. Sin embargo, para el momento en que se conoció este segundo documento ya habían vencido los plazos para postulación por iniciativa propia y grupos de electores. De hecho, pese a que el CNE abrió un segundo lapso para la presentación de los candidatos a diputados regionales –cuya normativa no fue debidamente publicitada–, no permitió la constitución de nuevos grupos; pues solo podían presentar aspirantes aquellos que ya habían inscrito candidatos a la Presidencia de la República. Esto representa una violación a los artículos 62 y 67 de la Constitución, los cuales garantizan los derechos de los ciudadanos de “participar libremente en los asuntos públicos”, “asociarse con fines políticos” y “concurrir a los procesos electorales” a través del mecanismo de iniciativa propia.

Adicionalmente, el organismo tampoco incluyó ninguna actividad con respecto a los autorizados para inscribir candidatos por parte de las comunidades indígenas, aún cuando deben elegirse ocho representantes indígenas a los parlamentos estadales. Este sector poblacional no fue considerado en el cronograma.

Tercera irregularidad: CNE se reserva resultados de la verificación de firmas

De acuerdo a los cálculos del 5% del registro Electoral (al corte del 6 de noviembre de 2017) proporcionados por el CNE en su portal web, el total de manifestaciones de voluntad a recoger en las 24 entidades federales era de 987.046 electores. Se trata de una cifra más de diez veces mayor a la solicitada por la autoridad electoral a los partidos políticos durante los dos procesos de renovación de nóminas realizados en 2016 y 2017 (que fue de 0,5%, equivalente a menos de 90.000 electores) y cinco veces mayor a la necesaria para completar la primera etapa de activación del Referendo Revocatorio Presidencial solicitado en 2016 por la oposición venezolana (que fue de 1%, equivalente a 197.978 electores).

Lo que significa que para postularse por iniciativa propia o grupo de electores en este 2018 los candidatos debieron recolectar 987.046 manifestaciones de voluntad, es decir, debían cumplir simultáneamente las dos condiciones que establece el Reglamento General de la LOPRE: 5% del Registro Nacional y 5% en al menos tres cuartas partes (¾) de las entidades (18 estados). Esta cifra es siete mayor a la recopilada en un fin de semana por el partido Acción Democrática en la última validación (140.734 manifestaciones de voluntad) y 21 veces mayor a la alcanzada por el partido Primer Justicia (46.990 manifestaciones), el cual no alcanzó validarse ante el CNE.

En este sentido, el CNE confirmó el 6 de marzo que dos de los cinco candidatos que optan a la Presidencia de la República alcanzaron la postulación mediante estos mecanismos: Javier Bertucci se inscribió tras conformar el grupo de electores “Esperanza por el Cambio” y Alejandro Ratti lo hizo como aspirante por iniciativa propia. Dicho esto, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) se pregunta: ¿cómo alcanzaron recolectar ambos candidatos en el mismo lapso casi un millón de firmas en cinco días y en 18 estados del país sin contar con las campañas informativas del organismo? ¿Por qué el CNE no ha publicado los resultados de la verificación de esas manifestaciones de voluntad?

Cuarta irregularidad: actuaciones parcializadas del árbitro

Pese a que se trata del mismo procedimiento, el CNE actuó de forma desigual en diversas oportunidades, con celeridad en algunas y lentitud en otras. De esta forma, el organismo se tomó 32 días hábiles solo para autenticar el 1% de las firmas del revocatorio –mecanismo para el cual la oposición demandaba prontitud con tal de materializar la consulta antes del 10 de enero de 2017–; mientras que supuestamente ejecutó en apenas seis días la validación biométrica de las manifestaciones de voluntad para los candidatos postulados mediante grupos de electores en las elecciones de 2018. En realidad, hasta el día de hoy el árbitro electoral no ha proporcionado ninguna evidencia de que este procedimiento de recolección de firmas con validación biométrica, necesario para la postulación de candidatos independientes, se haya llevado a cabo.

Conclusiones

Resulta evidente que el Poder Electoral reduce los trámites administrativos y utiliza su máxima capacidad técnica cuando se trata de procedimientos que convienen al oficialismo, mientras que obstaculiza los mecanismos y extiende al máximo los plazos cuando las peticiones provienen de fuerzas políticas opositoras. Por ejemplo, en 2015 el CNE activó todos los mecanismos necesarios para supuestamente validar en 72 horas 10.408.083 firmas recolectadas por el oficialismo contra el decreto de Barack Obama, entonces presidente de Estados Unidos (alrededor de 433.670 rúbricas por hora), mientras que tardó 40 días en revisar las firmas entregadas por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en la primera etapa para activar el revocatorio en 2016.

Por otro lado, para la elección de la Asamblea Nacional Constituyente, celebrada con rapidez en julio de 2017, el CNE decidió descartar el uso de las máquinas captahuellas (validación biométrica) para verificar las manifestaciones de voluntad recolectadas por los postulados (3% del Registro Electoral en el municipio correspondiente), tanto para la constitución de grupo de electores como de los candidatos por iniciativa propia. De acuerdo a declaraciones de la presidenta del CNE, Tibisay Lucena, esas rúbricas recogidas manualmente fueron revisadas en cinco días, sin mecanismos automatizados y con una celeridad que nunca fue posible durante el intento de activación del referendo revocatorio. Aún hoy el OEV se cuestiona: ¿cómo garantizó el CNE la identidad de tantos firmantes en tan poco tiempo? ¿Digitalizó las planillas? ¿Hizo la revisión de dactiloscopistas para comprobar que no hubiese firmas duplicadas o fraudulentas? El Poder Electoral aún no se ha pronunciado al respecto.
Las consecuencias políticas de estas irregularidades técnicas es que el árbitro electoral termina influyendo en la oferta de candidatos que se inscriben para participar en los procesos comiciales, facilitando u omitiendo trámites cuando conviene cierta postulación y reduciendo las opciones cuando de candidatos poco deseados se trata. A estas estrategias se suman igualmente las acciones provenientes de otros poderes públicos, tales como las inhabilitaciones dictadas por la Contraloría General u otras decisiones emanadas desde el Tribunal Supremo de Justicia, para reducir aún más el pluralismo político. Para mantener la integridad de un proceso electoral es importante contar con mecanismos competitivos, justos y equitativos de registro de candidatos, facilitando un trato igualitario para todos los postulados potenciales que les ayude a asegurar que cuentan con las mismas oportunidades para inscribirse. Precisamente, parte del problema surge cuando esta etapa no se programa con suficiente antelación en el calendario electoral, dando a los candidatos y sus postulantes poco tiempo para preparar sus solicitudes y reduciendo los plazos para que puedan cumplir con los requisitos. Como se ha explicado fehacientemente el CNE ha incurrido en la violación de los derechos políticos activos y pasivos de los venezolanos.

Haciendo un análisis comparativo entre las condiciones electorales de ambos escenarios, a continuación se exponen las razones por las cuales no puede afirmarse tal mejora, al contrario, las garantías para celebrar unas elecciones transparentes, libres y justas se han deteriorado en todos los eventos electorales celebrados desde la suspensión del Referendo Revocatorio, en octubre de 2016, inclusive en los comicios fijados para mayo de este año


Con la firma del “Acuerdo de Garantías Electorales”, suscrito en la sede del Poder Electoral por el oficialismo y un sector de la oposición representado por los partidos Avanzada Progresista (AP), Movimiento Al Socialismo (MAS) y Copei, ha cobrado importancia en el debate político nacional la comparación entre las condiciones que rigieron el proceso electoral de 2015 y las que recientemente se anunciaron para los comicios de mayo del presente año. En el marco de este debate público, el Observatorio Electoral Venezolano (OEV) ha realizado un análisis comparativo según el cual las condiciones del evento de 2018 suponen una desmejora con respecto a las del 2015. A continuación se exponen 11 diferencias fundamentales entre ambos procesos.

1) Periodicidad y convocatoria a destiempo

En 2015 los 167 diputados al Parlamento se eligieron en la fecha correspondiente, antes del primer período de sesiones estipulado para el 5 de enero de 2016, de acuerdo a los artículos 192 y 219 de la Constitución venezolana, respetando el plazo que restaba a los legisladores en el ejercicio de sus cargos. Adicionalmente, la fecha de los comicios fue anunciada el 22 de junio, con casi seis meses de antelación, y fue convocada formalmente por el Consejo Nacional Electoral (CNE) tres días después, el 25 de junio, tras su publicación en la Gaceta Electoral N° 757 conjuntamente con el Cronograma Electoral (Resolución Nº 150622-141).

En cambio, las elecciones de este 2018 fueron convocadas con premura, caracterizadas por adelantos y aplazamientos sin justificaciones del árbitro, sin respeto a los lapsos que garantizan un proceso confiable con resultados transparentes y sin la debida publicación del Cronograma Electoral, violando con ello la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE); pues existe un cronograma de la elección para escoger al Presidente y de algunas actividades para los Consejos Legislativos, pero no para concejales.
En efecto, en enero se adelantaron las presidenciales casi ocho meses (de diciembre a abril), y más adelante, en febrero, se anunció la fecha exacta (22 de abril) con apenas 74 días de antelación al evento. Luego, las presidenciales se aplazaron 28 días adicionales, del 22 de abril al 20 de mayo, para celebrarse conjuntamente con otros dos comicios en una especie de “megaelección”: elección de Consejos Legislativos y Cámaras Municipales –procesos que acumulan una demora de más de un año, en el primer caso, y de tres meses, en el segundo– y que, además, viola la prohibición legal de realizar elecciones del Poder Municipal y Nacional simultáneamente (artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal) así como el mandato legal de realizar de forma simultánea las elecciones regionales (gobernadores y diputados a los Consejos Legislativos) y las elecciones locales (alcaldes y Concejales Municipales). Ambas medidas fueron ejecutadas por el Consejo Nacional Electoral bajo instrucción de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), órgano cuya elección ha sido severamente cuestionada desde el punto de vista legal y político.

Se confirma así que desde 2016 se ha hecho evidente el incumplimiento por parte de la autoridad electoral de los tiempos comiciales y de los mandatos públicos: alargó y, posteriormente, suspendió la activación del referendo revocatorio presidencial; ejecutó la elección de la ANC sin consultar al soberano; retrasó elecciones ya estipuladas por mandato constitucional y planificó otras a destiempo, respondiendo a los intereses políticos del oficialismo.

2) Postulaciones recortadas

En los comicios celebrados en 2015 esta etapa se extendió durante 159 días (cinco meses) en 25 actividades, contando desde el momento en que se publicó el aviso oficial convocando a la conformación de los Grupos de Electores (25 de junio de 2015) hasta la emisión del acta de cierre de las sustituciones y modificaciones nominales (26 de noviembre), diez días antes de la elección, tal y como lo indica la ley. Precisamente, esas fueron las actividades con los plazos más largos: sustitución y modificación de postulaciones lista (95 días) y nominales (115 días).

Resulta evidente la reducción de los tiempos al contrastar las postulaciones publicadas en el segundo cronograma para las elecciones de 2018, las cuales se convocaron a cuentagotas (primero presidenciales, luego diputados regionales y aún sin anuncio sobre concejales): 16 actividades se comprimieron para ejecutarse en apenas 17 días, una programación en la que ninguna tarea sobrepasa los ocho días. En este caso, el CNE planificó un solo día (19 de marzo) para la sustitución y modificación de postulaciones, una reducción de 209 días respecto al proceso anterior; mientras que asignó en el mismo lapso (entre el 26 de febrero y 2 de marzo) tres actividades distintas: la presentación de postulaciones, la admisión y rechazo de las postulaciones, así como la subsanación de los recaudos de postulación. Estas últimas tres actividades fueron posteriormente reprogramadas para la inscripción de candidatos de los Consejos Legislativos, quedando de la siguiente forma: dos días para presentación de postulaciones (15 y 16 de marzo), tres días para la subsanación de los recaudos de postulación (del 15 al 17 de marzo) y cuatro días para la admisión o rechazo de las postulaciones (del 15 al 18 de marzo).

Nuevas trabas en las condiciones para inscribir candidatos
Otros dos elementos deben resaltarse en esta comparación. Por un lado, en 2015 se incluyó en el cronograma la presentación de autorizados para inscribir candidatos por parte de las comunidades indígenas; mientras que, en la actualidad, aunque deben elegirse ocho representantes indígenas a los parlamentos estadales, no fue considerado en el documento este sector poblacional para postular candidatos. Por otro lado, pese a que en 2018 el CNE abrió un segundo lapso para la presentación de los candidatos a diputados regionales, cuya normativa no fue debidamente publicitada, no permitió la postulación por parte de nuevos Grupos de Electores o por Iniciativa Propia; pues solo podían presentar aspirantes aquellos que ya habían inscrito candidatos a la Presidencia de la República. Esto representa una violación a los artículos 62 y 67 de la Constitución, los cuales garantizan los derechos de los ciudadanos de “participar libremente en los asuntos públicos”, “asociarse con fines políticos” y “concurrir a los procesos electorales” a través del mecanismo de iniciativa propia.

3) Graves restricciones al pluralismo político

No debe dejarse de lado que, en la actualidad, se restringió el pluralismo político mediante dos procesos de renovación de partidos realizados en menos de un año, reduciendo las organizaciones de 64 en 2016 a 17 en 2017, de las cuales la gran mayoría validada resulta afín al oficialismo.

ntre las inhabilitadas se encuentran organizaciones que obtuvieron candidatos a la Asamblea Nacional y que, en algunos casos, tienen importante representación regional como Primero Justicia, Voluntad Popular, La Causa R, Alianza Bravo Pueblo y otras. Adicionalmente, no solo se anuló judicialmente la tarjeta MUD, la más votada en la historia del país, sino que partidos que conforman esta alianza corren el riesgo de volver a ser inhabilitados al no participar en las elecciones del próximo 20 de mayo, tales como Acción Democrática (AD) y Un Nuevo Tiempo (UNT).

4) Registro Electoral: siete meses en 2015, un mes en 2018

Esta etapa también experimentó importantes recortes. En 2015 se desarrollaron 12 actividades en un periodo de 53 días (casi dos meses), agregando otros 156 días adicionales (cinco meses) para los operativos especiales de inscripción y actualización del padrón electoral con un despliegue de 1.568 puntos en todo el país, lapso en el que se inscribieron 870.811 nuevos votantes frente al corte de la elección anterior (municipales del 8 de diciembre de 2013). En cambio, en 2018, se apiñaron 17 actividades en 35 días –una disminución de 83% en comparación con el plazo estipulado hace tres años–, que incluyen los operativos especiales extendidos por apenas 18 días con 531 puntos distribuidos en todo el territorio nacional. De acuerdo a la LOPRE, el Registro Electoral debe ser de carácter continuo, aunque, adicionalmente, la legislación estipula la realización de jornadas especiales previo a cada proceso electoral, en las que el CNE está obligado a desplegar una mayor cantidad de máquinas ubicadas en zonas de todo el país con gran afluencia de ciudadanos.

Esta reducción de lapsos influyó en la cantidad de personas que ingresaron a la base de datos en 2018, sobre todo de los venezolanos registrados en las representaciones diplomáticas en el exterior. En lo que se refiere a electores que residen en el país, se registraron 910.272 nuevos votantes en los 18 días en los que se habilitaron operativos especiales, menos de la mitad de los que se estiman podían hacer (alrededor de dos millones de personas); mientras que el padrón de venezolanos inscritos en el exterior creció en 7.028 nuevos votantes, apenas un 0,35% del total potencial en edad para sufragar, estimado también en alrededor de dos millones de personas. De esta forma, el Registro Electoral preliminar para las elecciones del 20 de mayo quedó en 20.759.809 electores (20.422.416 se encuentran en el país, 228.770 son extranjeros con más de 10 años de residencia en Venezuela y 108.623 están en el exterior), de los cuales 20.531.039 podrán elegir al Presidente de la República (que excluye a los extranjeros residenciados) y 18.923.049 podrán escoger a los representantes de los Consejos Legislativos y las Cámaras Municipales.

La admisión de impugnaciones y la promoción de pruebas en contra del Registro Electoral preliminar fueron las actividades más extensas del cronograma en 2015, con una duración de 22 y 28 días respectivamente; mientras que para el evento de 2018, esas mismas actividades fueron programadas en un lapso de tres y dos días respectivamente. Se trata, entonces, de un proceso electoral que viola el artículo 37 de la LOPRE, al incumplir el lapso de 15 días para impugnar el Registro Electoral preliminar una vez publicado, transgrediendo los principios de una elección íntegra.


A este cálculo debe sumarse el reciente manejo irregular que hizo la autoridad sobre el Registro Electoral, al obstaculizar gravemente la inscripción y actualización de los venezolanos en el exterior –requiriendo en algunos casos la residencia definitiva, definiendo horarios restringidos, jornadas por número de cédula de identidad o, simplemente, cerrando embajadas y consulados– y al modificar a última hora la base de datos para permitir a candidatos privilegiados hacer cambios fuera del lapso estipulado (previo a la elección de la ANC) o para excluir a electores (en el marco de los comicios de gobernadores del 15 de octubre de 2017).

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5) Incumplimientos en la aprobación de circunscripciones electorales

El órgano electoral debe determinar el número y ubicación de las circunscripciones electorales con respecto a un índice de población establecido constitucionalmente, calculado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Adicionalmente, de acuerdo al artículo 11 de la LOPRE, debe solicitar al Parlamento la aprobación de la estimación poblacional, con la finalidad de definir el número de cargos nominales a elegir en cualquiera de los cuerpos deliberantes (Asamblea Nacional, Consejos Legislativos y Concejos Municipales), pues la cantidad de representantes variará por región dependiendo del número de habitantes; al igual que el censo de la población indígena.

Para las parlamentarias de 2015, el organismo sí cumplió con este procedimiento, pese a que las modificaciones de las bases de población generaron una desproporción entre el número de habitantes y la cantidad de diputados a elegir (estados rurales menos poblados terminaron por elegir más representantes); mientras que, hasta la fecha, aún se desconocen las circunscripciones electorales para las elecciones de 2018. Esta vez el CNE pasó por alto la legislación al no realizar el trámite para pedir a la Asamblea Nacional la aprobación de las proyecciones poblacionales y, de todas formas, la rectora del CNE, Tania D’Amelio, reveló en su cuenta de la red social Twitter –sin notificar cómo fueron definidas las circunscripciones– que se elegirán 251 legisladores regionales: 59 lista y 192 nominales, de los cuales ocho son representantes indígenas.

6) Escogencia de miembros de mesa: aplaudida en 2015 y criticada en 2018

Para las elecciones parlamentarias de 2015, el CNE escogió con nueve meses de antelación (el 19 de marzo) y en sorteo público un total de 480.828 miembros de mesa, llamados a prestar servicio electoral obligatorio como integrantes de las 24 juntas regionales, dos metropolitanas, 335 municipales y 71 parroquiales. Ese proceso, en el que participaron 26 organizaciones políticas, duró 18 minutos y 36 segundos, rapidez que fue aplaudida por los representantes de los partidos, la cual se debió a la utilización de un nuevo software automatizado que pudo ser auditado y verificado por todos los participantes. Incluso, el entonces presidente de la Comisión Electoral de la alianza opositora MUD, Vicente Bello, calificó como satisfactoria la selección.

En el cronograma electoral de 2018 el CNE planificó la selección de los integrantes de estos organismos subalternos para el 19 de marzo y estipuló en 30 días la aprobación y publicación en Gaceta Electoral de los seleccionados, del 20 de marzo al 18 de abril. Este sorteo forma parte de una de las 11 concesiones electorales que presenta el “Acuerdo de Garantías Electorales” para la megaelección de mayo y que lo que hace es confirmar disposiciones ya contenidas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

7) Debilitamiento de la observación nacional y el acompañamiento internacional

Mientras que el cronograma electoral de 2015 contempló un programa de acompañamiento internacional en una actividad de ocho días –en el que fue incluida la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur)–, en el documento de 2018 se suprimió todo contenido relacionado con esta actividad, tales como la distribución de invitaciones, las fases de recibimiento, entrega de acreditaciones, despliegue y presentación del informe de las misiones de acompañamiento. Pese a que en varias oportunidades algunas rectoras del CNE manifestaron públicamente que el acompañamiento internacional “estará garantizado”, poco se sabe sobre estas misiones.

Por otro lado, aunque en el cronograma para las parlamentarias del 6-D no fue incluida ninguna actividad referida a la observación nacional, varias organizaciones locales –entre ellas el Observatorio Electoral Venezolano– fueron acreditadas por el CNE para participar en la observación de los comicios.  En cambio, en los últimos procesos de 2017, la autoridad electoral limitó la observación nacional e internacional, negando por primera vez las credenciales a varias organizaciones –entre ellas al OEV–, invitando únicamente al Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (Ceela) –cuya fundación fue propiciada por el presidente Hugo Chávez en 2004 y que repetirá su participación en estas elecciones de 2018– y negando la veeduría de la Unasur, la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Unión Europea (UE).
Para las megaelecciones, el CNE solicitó a la Organización de Naciones Unidas (ONU) que conforme la misión de acompañamiento para los comicios previstos en mayo, sin embargo, aún existe incertidumbre sobre si es factible que este organismo acepte la invitación. El portavoz del Secretario General, Antonio Guterres, ha reiterado a la prensa en numerosas ocasiones que “no se puede enviar personal de la ONU a observar unas elecciones sin un mandato específico de la Asamblea Nacional o del Consejo de Seguridad”. En el primer caso, conforme al artículo 18 de la Carta de la ONU, debe mediar el voto de la mayoría de los 193 miembros presentes y votantes; en el segundo, el artículo 27 de la Carta de la ONU dispone que haría falta el voto afirmativo de nueve de sus 15 miembros, sin que ninguno de los cinco permanentes –Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Rusia y China– puedas votar en contra. A esto se suman las declaraciones del alto comisionado de la organización internacional, Zeid Ra’ad Al Hussein, quien afirma estar “seriamente preocupado porque en este contexto no se cumplen de ninguna manera las mínimas condiciones para unas elecciones libres y creíbles” en el país.
La ONU no siempre puede atender todas las solicitudes de asistencia electoral que recibe, sobre todo si llega demasiado tarde para proveer una asistencia apropiada. Precisamente, una regla establecida por el Secretario General es que cualquier solicitud deber ser recibida con al menos tres o cuatro meses de antelación a la fecha de la elección. En el caso venezolano, la petición llegó al organismo el 14 de marzo, apenas dos meses antes del evento.

8) Menos tiempo para acreditación de testigos y capacitaciones

El cronograma electoral de 2015 contempló tres actividades para la acreditación de testigos de los partidos políticos, grupo de electores y candidatos por iniciativa propia en un lapso de 30 días; mientras que este 2018 se redujo el lapso a la mitad, contemplando 15 días para las mismas tres actividades. Ocurrió algo similar en el caso de las capacitaciones.
Para las parlamentarias del 6-D, la autoridad electoral ejecutó seis actividades en un periodo de 74 días, que incluían formación para los integrantes de los órganos subalternos (Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales Electorales, así como miembros de mesa) sobre su funcionamiento, postulaciones, totalización, adjudicación, proclamación y transmisión de contingencias; al igual que talleres de información financiera y apertura de libros contables para postulantes. En cambio, para las megaelecciones de 2018, el CNE planificó siete actividades en 61 días, que contemplan formación para los integrantes de las Juntas Regionales y Municipales, miembros de mesa, personal técnico operativo y talleres de rendición de cuentas para los postulantes.

9) Más tiempo para despliegue de material y campaña política

A diferencia de las etapas anteriormente mencionadas, la campaña electoral y el ensamblaje, despliegue y repliegue del material experimentaron en esta oportunidad un ligero incremento en el tiempo de ejecución. Así, en 2015 la campaña política se extendió durante 21 días, del 13 de noviembre al 3 de diciembre; mientras que en 2018, se estipuló por 26 días, del 22 de abril al 17 de mayo. Sin embargo, esto puede responder a la naturaleza de cada elección. Al tratarse de un proceso que fusiona tres comicios distintos, parece un lapso insuficiente para que los aspirantes a más de 2.600 cargos expongan sus ofertas y propuestas.

Otras diferencias radican en que en el proceso para las parlamentarias el CNE agregó al cronograma la aprobación de un reglamento de campaña electoral, actividad que fue suprimida del cronograma en la actualidad; al tiempo en que alargó el plazo para la campaña institucional y comunicacional, la cual fue 168 días en 2015 y planificada en 81 días en 2018. En esta ocasión el organismo dispondrá de la mitad del tiempo para promocionar e informar sobre los comicios.

En el caso de las etapas de ensamblaje, despliegue y repliegue del material, el CNE ejecutó seis actividades en 224 días previo a las elecciones para escoger a los miembros de la Asamblea Nacional hace tres años,  28 días menos que los estipulados para esas actividades en 2018, año para el cual planificó cinco actividades en 252 días. De esta forma, el organismo otorgó más tiempo a tareas de tipo logístico, mientras redujo al máximo actividades estructurales.

10) Reducción de auditorías debilitan el voto electrónico

Desde la elección a la ANC, el Poder Electoral ha reducido la cantidad de protocolos de calidad aplicados al Sistema de Voto Electrónico (SVE) para su buen funcionamiento. Poco a poco ha suprimido varias auditorías relevantes, entre ellas la verificación ciudadana al momento de presenciar el acto de escrutinio público el día de la elección –pese a que ha sido incluida en los cronogramas de las últimas elecciones–, negando por primera vez el ingreso de los ciudadanos a los centros (clara violación de los artículos 110, 128 y 131 de la LOPRE). La auditoría ciudadana es la herramienta más efectiva con la que cuenta el elector para vencer la desconfianza que pudiese rodear un proceso electoral, ya que permite verificar si los comprobantes de votos en las cajas de resguardo coinciden con los almacenados por la máquina de votación y los contados en la totalización. Al eliminarla, se afecta la revisión de la traza de papel que deja este sistema de voto electrónico directo.

En 2015 la autoridad electoral contempló 19 auditorías en un lapso de 42 días, mientras que en 2018 planificó 16 auditorías en 34 días. Así, por ejemplo, se eliminaron todas las auditorías del software del Sistema de Información al Elector (SIE), que hace tres años fue pautada en varias actividades realizadas durante 24 días y que ahora fue removido del sistema de votación; la auditoría de la tinta indeleble, al eliminarlo como mecanismo para reforzar el sistema biométrico de identificación de electores; y la auditoría de certificación del software del Sistema de Estadísticas de Participación (SISEP).

Por un lado, el SIE permite guiar al elector con respecto a la mesa del centro electoral donde le corresponderá votar, así como la página del cuaderno de votación en la que aparecen sus datos y el renglón en el que deberá estampar su firma; además informa al CNE sobre las estadísticas de participación a medida que transcurre el evento electoral. La restitución del SIE en la herradura de votación permite el control del voto asistido, pues si el elector desea votar con un acompañante (por discapacidad, por ser adulto mayor o analfabeta) obligatoriamente deberá informarlo en la estación de información al elector, donde quedarán registrados los datos de quien le asista en la emisión del voto –incluyendo su huella dactilar– con la intención de evitar que alguien pueda asistir a más de un elector (artículo 128 de la LOPRE). Por otro lado, el SISEP elabora en tiempo real reportes estadísticos de participación sobre la base de los electores esperados y los efectivamente registrados, y al igual que el SIE, opera en centros que tienen más de tres mesas de votación. A él no solo tienen acceso las autoridades del CNE, sino también los técnicos de los partidos políticos, dejando al alcance de todas las fuerzas participantes las estimaciones de participación.
A la supresión de estos procesos debe sumarse la reducción de los partidos políticos postulantes que afecta gravemente la participación de los representantes en las auditorías técnicas, así como también la grave denuncia hecha por la empresa Smartmatic –encargada de suministrar la plataforma para automatizar el sufragio en Venezuela desde 2004– en la que asegura que el CNE habría agregado al menos un millón de votos a la elección constituyente y que, por primera vez en 13 años, no podía avalar los resultados oficiales; poniendo en tela de juicio la transparencia del sistema electoral.

Precisamente, la fortaleza del sistema automatizado venezolano se centra en su auditabilidad, la única condición que brinda confianza en la tecnología y en el hecho de que los equipos registren la voluntad del elector, sin manipulación de los resultados. Reducir estas garantías genera sospechas sobre los resultados por falta de vigilancia y contrapesos. Las auditorías, entre ellas la verificación ciudadana, son un mandato legal y no deben estar sujetas a una decisión política.

11) Conclusiones

En general, aunque se ha aseverado que se trata de las “mismas condiciones” y el “mismo Poder Electoral” que permitieron la victoria opositora en las parlamentarias de 2015, cuando en realidad el proceso de 2018 se caracteriza por haber experimentado drásticos recortes en los lapsos para postular candidatos, inscribirse e impugnar el Registro Electoral, celebrar elecciones primarias o informar a los electores sobre el evento; además de tratarse de un proceso en el que las circunscripciones son elaboradas sin apego a la ley, en el que los principales partidos y líderes opositores fueron inhabilitados –varios de ellos detenidos, perseguidos o en el exilio–, en el que se prohíbe el derecho a la participación de los ciudadanos y en el que se abuso en el uso de los recursos públicos. Las condiciones y el contexto de ambos procesos son diametralmente diferentes, empezando por la premura con que fueron convocadas las elecciones este año.

Desde los comicios constituyentes, se quebraron los principios fundamentales del voto y de los estándares establecidos para que una elección pueda calificarse como democrática: que sea periódica, inclusiva, limpia, competitiva y que permita que los ganadores puedan ejercer el cargo para el que fueron electos. Ninguna de estas condiciones se ha cumplido en los últimos procesos, debido a una serie de atropellos en contra de los protocolos y normativas que deben cumplirse para garantizar la integridad de un proceso electoral, incluyendo la propia designación inconstitucional de las autoridades que conforman el árbitro y quienes se muestran confesamente subordinadas a los intereses del partido gobernante, cuyo máximo representante es candidato a la reelección.

El OEV reitera que las modificaciones anunciadas en el “Acuerdo de Garantías Electorales”, firmado en el CNE por el oficialismo y un sector de la oposición (Avanzada Progresista, Movimiento Al Socialismo y Copei) –rechazado por los partidos agrupados en la MUD– no alteran la esencia de las reglas de juego y mantienen el ventajismo a favor de una de las partes. Consecuentemente, no permiten la realización de un proceso cuyos resultados sean confiables. La mejora de las condiciones electorales sigue siendo, por ello, una materia pendiente.

Todavía Venezuela no ha terminado de digerir la convocatoria apresurada a las presidenciales, pautadas con apenas 74 días de antelación en un proceso cargado de irregularidades desde el principio, cuando una nueva propuesta de “megaelecciones” llegó este miércoles 21 de febrero a las puertas de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que, tomándose atribuciones correspondientes exclusivamente al Consejo Nacional Electoral (CNE), de inmediato, y en tiempo récord, admitió la solicitud.

La idea de adelantar los comicios de la Asamblea Nacional –la cual no culmina siquiera la mitad de su gestión y cuyo mandato constitucional debe extenderse hasta el 2021–, fue sugerida inicialmente por el primer vicepresidente del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, y más tarde reafirmada por el propio Presidente Maduro, con el agregado de realizarla conjuntamente con la elección de los integrantes de los 23 Consejos Legislativos Estadales y las 335 Cámaras Municipales.

Esta propuesta no solo atenta contra los derechos políticos de los venezolanos al atropellar las etapas de dos procesos comiciales pendientes desde hace más de un año, sino que implica la anulación del Parlamento Nacional –electo por más de 14 millones de venezolanos en 2015– tras incurrir en la violación del artículo 192 de la Constitución, el cual establece claramente que “los diputados o diputadas de la Asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones”. Realizar un evento de tales características pasaría también por alto el artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, que obliga a ejecutar separadamente las elecciones municipales de las del Poder Público Nacional, como bien lo señaló el rector del CNE, Luis Emilio Rondón, al manifestar su rechazo a la sugerencia oficialista.

La selección simultánea de alrededor de 2.800 cargos en dos meses –presidente, 167 diputados nacionales, 250 legisladores regionales y alrededor de 2.400 concejales–, implica una organización logísticamente inviable para llevar a cabo un proceso justo, equilibrado y transparente. Las elecciones para escoger representantes en tres niveles del Poder Público (nacional, estadal y municipal) deben ser planificadas, para nada pueden resultar de medidas improvisadas y salidas al paso que convengan solo a un grupo político.

El único antecedente similar en la historia electoral venezolana ocurrió en el 2000, cuando el recién electo presidente Hugo Chávez propuso resetear el sistema relegitimando prácticamente todos los cargos de elección popular: la Jefatura del Estado, conjuntamente con elecciones regionales, municipales y parlamentarias. Los resultados de aquel evento inclinaron la balanza a favor de un solo grupo político –proporcionándole la mayoría absoluta en el Parlamento, gobernaciones y alcaldías– y lesionaron gravemente el funcionamiento autonómico del sistema de contrapesos, necesario en cualquier democracia saludable.

En el ámbito internacional, pudiera traerse a colación las elecciones federales que celebrará México el próximo 1 de julio de 2018, en las que 87,8 millones de votantes acudirán a las urnas para elegir 3.400 cargos públicos –Presidente de la República, miembros del Congreso, gobernaturas y jefaturas de Gobierno, alcaldías y representantes de los congresos locales, ayuntamientos y juntas municipales–, como ejemplo de la posibilidad de llevar a cabo un proceso de tal complejidad. Sin embargo, no podrá dejarse de lado el factor tiempo en este caso. Para esos comicios, la autoridad electoral anunció la fecha del evento con 15 meses de antelación, al tiempo en que aprobó y publicó el cronograma con nueve meses de anticipo.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) considera que se trata de una petición política ilegal y arbitraria, orientada a concentrar el poderpolítico por parte del Gobierno del Presidente Maduro. Considera, además, que es inviable desde el punto de vista práctico en tan poco tiempo.  Y, lo más grave de todo, erosiona el poder del voto como salida para la cada vez más grave crisis venezolana.