Por segunda vez en una década, después de los comicios constituyentes del 30 de julio de 2017, el Poder Electoral definió las circunscripciones electorales para la escogencia de integrantes a los Consejos Legislativos sin la aprobación de las proyecciones poblacionales por parte del Parlamento Nacional. En total, el diseño quedó con una circunscripción menos y 14 representantes adicionales en comparación con las elecciones regionales de 2012

CIRCUNSCRIPCIONES 2018
Infogram

El diseño de las circunscripciones electorales para elegir a los integrantes de los Consejos Legislativos el próximo 20 de mayo sufrió una sola modificación en relación a las aprobadas para las Elecciones Regionales de 2012. En esta oportunidad, el Consejo Nacional Electoral (CNE) restó una circunscripción al estado Delta Amacuro, que pasó de tener tres en 2012 a dos en 2018 con la fusión de los municipios Antonio Díaz y Casacoima en un único circuito. De esta forma, se configuraron un total de 132 circunscripciones en todo el país, una menos que hace seis años, con un aumento total de cinco diputados lista –que pasaron de 54 en 2012 a 59 en 2018– y nueve diputados nominales –que pasaron de 175 en 2012 a 184 en 2018–, al tiempo en que el número de representantes indígenas a elegir se mantuvo en ocho.
Pese a que los cambios en el diseño fueron menores, la cantidad de cargos a elegir aumentó de 237 diputados regionales en 2012 a 251 en 2018 debido a que siete estados ganaron dos representantes adicionales: Barinas, Falcón, Monagas, Portuguesa y Sucre pasaron de nueve a 11 diputados, mientras que la cifra de cargos en Táchira se incrementó de 11 a 13 representantes y en Yaracuy de siete a nueve. La justificación ofrecida por el CNE fue que “hubo aumento de la población general” en esas entidades y, por ende, “aumentó el número de cargos a elegir respecto a las Elecciones Regionales 2012”.

Incumplimientos en la convocatoria y aprobación de las circunscripciones

Aunque la convocatoria de las elecciones se realizó el 1 de marzo, no fue sino hasta el 13 de ese mes que la rectora del CNE, Tania D’Amelio, anunció a través de su cuenta en la red social Twitter el número de cargos a elegir para las cámaras legislativas regionales. Inicialmente, el árbitro electoral estableció la distribución sin notificar cómo definió la conformación de las circunscripciones nominales e indígenas, hasta que 41 días más tarde, el 11 de abril, publicó en el portal web del CNE los documentos Cuadro de cargos a elegir y Circunscripciones electorales en los que se detalla el total de legisladores, el número de circunscripciones, la población general –con la proyección hecha hasta el 31 de mayo de 2018–, el índice poblacional y el promedio de legisladores por habitantes en cada una de las 23 entidades federales.
La ley establece que para definir el número de cargos a elegir en los cuerpos deliberantes (Asamblea Nacional, Consejos Legislativos y Concejos Municipales), el Poder Electoral debe solicitar la aprobación de las proyecciones poblacionales elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ante la Asamblea Nacional (artículo 11 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales); pero en esta ocasión pasó por alto este mandato.

La cantidad de legisladores por entidad es seleccionada mediante una escala fija, establecida en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). A estados con 700.000 habitantes, o menos, corresponden siete diputados; entre 700.001 y un millón se asignan nueve; a entidades con una población entre uno y 1,3 millones de habitantes conceden 11 representantes; entre 1,3 a 1,6 millones estipulan 13; y finalmente, a territorios de 1,6 millones de habitantes en adelante corresponden 15 diputados. En consecuencia, el número total de miembros en las cámaras regionales no es permanente y dependerá entonces del crecimiento poblacional de la región, aunque sí establece un límite: un máximo de 15 y un mínimo de siete integrantes.
Entre sus principales funciones, los Consejos Legislativos deben controlar que el presupuesto anual presentado por los gobernadores se ejecute adecuadamente, vigilar que el monto asignado por área corresponda con el estipulado en la planificación. Dicho esto, resulta fácil imagina la batalla que genera un Parlamento regional opuesto a la Gobernación. El Distrito Capital merece una acotación especial porque, a diferencia de las demás entidades federales, no cuenta con un Consejo Legislativo.

Todavía Venezuela no ha terminado de digerir la convocatoria apresurada a las presidenciales, pautadas con apenas 74 días de antelación en un proceso cargado de irregularidades desde el principio, cuando una nueva propuesta de “megaelecciones” llegó este miércoles 21 de febrero a las puertas de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que, tomándose atribuciones correspondientes exclusivamente al Consejo Nacional Electoral (CNE), de inmediato, y en tiempo récord, admitió la solicitud.

La idea de adelantar los comicios de la Asamblea Nacional –la cual no culmina siquiera la mitad de su gestión y cuyo mandato constitucional debe extenderse hasta el 2021–, fue sugerida inicialmente por el primer vicepresidente del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, y más tarde reafirmada por el propio Presidente Maduro, con el agregado de realizarla conjuntamente con la elección de los integrantes de los 23 Consejos Legislativos Estadales y las 335 Cámaras Municipales.

Esta propuesta no solo atenta contra los derechos políticos de los venezolanos al atropellar las etapas de dos procesos comiciales pendientes desde hace más de un año, sino que implica la anulación del Parlamento Nacional –electo por más de 14 millones de venezolanos en 2015– tras incurrir en la violación del artículo 192 de la Constitución, el cual establece claramente que “los diputados o diputadas de la Asamblea nacional durarán cinco años en el ejercicio de sus funciones”. Realizar un evento de tales características pasaría también por alto el artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, que obliga a ejecutar separadamente las elecciones municipales de las del Poder Público Nacional, como bien lo señaló el rector del CNE, Luis Emilio Rondón, al manifestar su rechazo a la sugerencia oficialista.

La selección simultánea de alrededor de 2.800 cargos en dos meses –presidente, 167 diputados nacionales, 250 legisladores regionales y alrededor de 2.400 concejales–, implica una organización logísticamente inviable para llevar a cabo un proceso justo, equilibrado y transparente. Las elecciones para escoger representantes en tres niveles del Poder Público (nacional, estadal y municipal) deben ser planificadas, para nada pueden resultar de medidas improvisadas y salidas al paso que convengan solo a un grupo político.

El único antecedente similar en la historia electoral venezolana ocurrió en el 2000, cuando el recién electo presidente Hugo Chávez propuso resetear el sistema relegitimando prácticamente todos los cargos de elección popular: la Jefatura del Estado, conjuntamente con elecciones regionales, municipales y parlamentarias. Los resultados de aquel evento inclinaron la balanza a favor de un solo grupo político –proporcionándole la mayoría absoluta en el Parlamento, gobernaciones y alcaldías– y lesionaron gravemente el funcionamiento autonómico del sistema de contrapesos, necesario en cualquier democracia saludable.

En el ámbito internacional, pudiera traerse a colación las elecciones federales que celebrará México el próximo 1 de julio de 2018, en las que 87,8 millones de votantes acudirán a las urnas para elegir 3.400 cargos públicos –Presidente de la República, miembros del Congreso, gobernaturas y jefaturas de Gobierno, alcaldías y representantes de los congresos locales, ayuntamientos y juntas municipales–, como ejemplo de la posibilidad de llevar a cabo un proceso de tal complejidad. Sin embargo, no podrá dejarse de lado el factor tiempo en este caso. Para esos comicios, la autoridad electoral anunció la fecha del evento con 15 meses de antelación, al tiempo en que aprobó y publicó el cronograma con nueve meses de anticipo.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) considera que se trata de una petición política ilegal y arbitraria, orientada a concentrar el poderpolítico por parte del Gobierno del Presidente Maduro. Considera, además, que es inviable desde el punto de vista práctico en tan poco tiempo.  Y, lo más grave de todo, erosiona el poder del voto como salida para la cada vez más grave crisis venezolana.

Durante casi tres décadas, la elección de gobernadores y consejos legislativos se realizaron de forma conjunta, agrupadas en un evento electoral denominado “regionales”. Esa costumbre se rompió este 2017, cuando el Poder Electoral  convocó al electorado a sufragar exclusivamente por la máxima autoridad estadal, la razón por la que ya no debe llamarse de la misma forma.

Los venezolanos tenemos apenas 28 años eligiendo a los titulares del poder Ejecutivo a nivel estadal y municipal. Antes de 1989, los gobernadores eran designados directamente por el Presidente de la República como funcionarios de libre nombramiento y remoción, mientras que no existía la figura de alcalde (sus funciones eran asumidas por el Presidente del Concejo Municipal).

Desde las primeras elecciones ampliamente democráticas en 1946 hasta 1988, el sistema electoral venezolano permaneció básicamente igual, sufriendo apenas unas pequeñas variaciones. Los comicios se realizaban de forma simultánea para elegir a los representantes nacionales (presidente y legislativo nacional), regionales (asambleas legislativas estadales) y locales (concejos municipales); a excepción de los 10 años de dictadura de Marcos Pérez Jiménez, cuando la Asamblea Constituyente fue la encargada de nombrar todos los cargos de elección universal, directa y secreta. En la era democrática a los electores se les entregaban dos tarjetas por cada partido político, una grande para el Presidente de la República y una pequeña para elección de todos los cuerpos colegiados.

Una vez iniciado el proceso de descentralización política a finales de la década de los 80, comenzaron a realizarse simultáneamente las elecciones regionales y municipales para elegir a gobernadores, miembros de las entonces denominadas asambleas legislativas –hoy Consejos Legislativos–, alcaldes, concejales y juntas parroquiales, por un período de tres años con posibilidad de reelección inmediata una sola vez. Bajo esta reforma se llevaron a cabo tres comicios (1989, 1992 y 1995).

Tres años más tarde, el 8 de noviembre de 1998, el sistema volvió a ser reformado y el electorado acudió a las urnas para votar por los integrantes de las dos cámaras del Congreso Nacional (diputados y senadores), junto a las autoridades de los estados: gobernadores y diputados a las asambleas legislativas. Ese mismo año, el 6 de diciembre, se celebraron también los comicios presidenciales en los que obtuvo la victoria Hugo Chávez Frías. Fue la primera vez que estas elecciones se realizaban separadas de las parlamentarias –tras una reforma impulsada por Acción Democrática y Copei con el objetivo de reducir el llamado “efecto portaaviones”–, pues desde 1958 hasta 1993 el Congreso Nacional era elegido en la misma fecha que el presidente.

Pese a que en las “mega elecciones” del 2000 se eligieron al mismo tiempo los cargos de presidente, las regionales, municipales y parlamentarias; el sistema cambió y empezaron a realizarse simultáneamente las elecciones regionales (para gobernadores y consejos legislativos) y municipales (alcaldes y concejales) por dos períodos consecutivos (2004 y 2008). No fue sino a partir del 2012 que las regionales y municipales se separaron.
Lo relevante del resumen anterior es la revelación de que en 28 años de historia venezolana no se habían separado las elecciones de gobernadores y consejos legislativos, hasta este 2017, cuando el Consejo Nacional Electoral convocó  a los votantes a sufragar únicamente por la máxima autoridad de las 23 entidades federales, dejando de lado, para una fecha todavía no anunciada, la selección de los legisladores estadales por instrucción de la Asamblea Nacional Constituyente, electa el 30 de julio en condiciones irregulares.

Vea también: INFOGRAFÍA | La reubicación de los electores: una información útil
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Referencias bibliográficas:
García, C. (1° de marzo de 2017). ¿Cuál es el origen histórico de las elecciones de gobernadores y alcaldes?Prodavinci. Consultado en: http://prodavinci.com/2017/03/01/actualidad/cual-es-el-origen-historico-de-las-elecciones-de-gobernadores-y-alcaldes-por-carlos-garcia-soto/
Lucena, T. (2003). Las reformas del sistema electoral venezolano y sus consecuencias políticas: 1988-1998. Revista  ALCEU, v.3, N° 6, p. 245–265. Consultado en: http://revistaalceu.com.puc-rio.br/media/alceu_n6_Dossie%20Venezuela2.pdf
Molina, J. y Pérez, C. (1999). La democracia venezolana en una encrucijada: las elecciones nacionales y regionales de 1998. América Latina, Hoy. N° 21. Consultado en: http://www.redalyc.org/pdf/308/30802103.pdf