Hasta ahora, nunca se han encontrado diferencias significativas entre las papeletas impresas (conteo manual) y el acta de votación (resultado automatizado), ni tampoco entre el acta de escrutinio y los resultados totalizados publicados finalmente por el Poder Electoral

La forma más efectiva que un elector tiene para vencer la desconfianza que pudiese rodear un proceso electoral se centra en la auditoría ciudadana. La Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) distingue dos fases del proceso de auditoría (artículo 159): la electoral, ejecutada por los especialistas de los partidos políticos junto a los técnicos del Consejo Nacional Electoral (CNE), y la verificación ciudadana, en la que puede participar cualquier votante venezolano (artículo 140).

Este engranaje lo fortalecen adicionalmente los miembros de mesa y testigos de los partidos políticos, dos figuras que resultan indispensables para lograr un proceso verdaderamente independiente. Los primeros son elegidos por los votantes de cada mesa de forma aleatoria y capacitados por el CNE. El problema ocurre cuando los elegidos para prestar el servicio no acuden al llamado y las plazas vacías terminan siendo ocupadas por ciudadanos voluntarios el día de la elección. Los segundos, en cambio, son militantes colocados en las mesas de votación por las organizaciones políticas para resguardar sus votos. Para las elecciones de gobernadores a celebrarse el próximo 15 de octubre, los partidos tuvieron oportunidad de acreditar testigos para  las 30.274 mesas de votación habilitadas en todo el país del 5 al 14 de septiembre, apenas dos días después de la publicación del cronograma electoral.

La auditoría ciudadana, con la que se busca verificar si los comprobantes de votos en las cajas de resguardo coinciden con los almacenados por la máquina de votación y usados luego en la totalización, se divide en tres momentos:

  1. Al momento de ejercer su derecho al sufragio, cada elector comprueba que su opción seleccionada en la pantalla electrónica coincide con los datos que aparecen en su Comprobante de votación, el cual debe depositar en la caja de resguardo.
  2. Una vez finalizado el acto electoral y cerrada cada mesa de votación (después de las 6:00 de la tarde), el presidente de la mesa anuncia el inicio del acto público en el que los ciudadanos podrán presenciar la impresión del Acta de Escrutinio y hace la lectura que emite la máquina con el número de votos por partido. Este procedimiento no puede ser ejecutado antes de la hora oficial de cierre, pues la máquina solo imprime el acta después de este momento – sin mediación del operador del CNE– y cuando está desconectada a cualquier canal o medio de comunicación.

De inmediato, el técnico del CNE conecta la máquina a un módem para hacer la transmisión de resultados; solo entonces, inicia el proceso de verificación de aproximadamente el 54% de todas las mesas en el país. El criterio del CNE para determinar cuántas mesas electorales se deben auditarse en cada centro, se basa en la siguiente relación: si hay una única mesa electoral en el centro de votación, se audita esa; si hay dos, se audita una (1); si hay tres, se audita una (1); si hay cuatro, se auditan dos (2); si hay cinco, se auditan dos (2); si hay seis, se auditan tres (3); si hay siete, se auditan tres (3); si hay ocho, se auditan cuatro (4); y si hay más de diez, se auditan cinco (5). El sorteo de las máquinas electorales que serán auditadas se hace en cada centro, con papeles numerados, al azar y en presencia de los miembros de todas las mesas del centro.

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Para este proceso, el presidente de alguna de las mesas elabora tantos boletos numerados como mesas de votación existan y los coloca en un sobre para seleccionar la muestra al azar. Una vez seleccionado el sobre, se toman la caja de resguardo de los comprobantes de voto, el cuaderno de votación que correspondan a la mesa aleatoriamente escogida y se comparan con el acta de escrutinio ya impresa.

Los miembros de mesa que participan en la auditoría cuentan el número total de electores registrados en el cuaderno –los que asistieron a votar– y anotan la cantidad en la constancia de auditoría. Proceden a abrir la caja de resguardo de los comprobantes de voto, cuentan el número total de comprobantes depositados en ella y lo anotan en la constancia de auditoría. Se lee, en voz alta, la selección impresa en cada uno de los comprobantes de voto, mostrando cada uno de estos a los testigos, observadores, ciudadanos y efectivos militares del Plan República.

Se contabiliza el número total de votos para cada candidato y organización política, y se anota en la constancia de auditoría. Ésta es firmada por los miembros y testigos, una vez concluida la verificación y registrados los totales. Se entrega la constancia de auditoría original y una copia en sobre sellado al operador de la máquina de votación, quien lo introduce en la caja de resguardo de la máquina auditada. Se coloca la etiqueta, se precinta la caja de resguardo de la máquina de votación y se firman los precintos y las etiquetas. Las cajas de resguardo de la máquina de votación y la caja de resguardo de comprobantes de voto se entregan a los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana del Plan República.

  1. Una vez el Poder Electoral publique los resultados totalizados, los cuales deben estar desagregados por mesa de votación (acta por acta), los ciudadanos y los distintos actores políticos podrán certificar que el número de votos transmitido por candidato corresponde con los resultados impresos en el acta de escrutinio.

Hasta ahora, en todas las verificaciones ciudadanas realizadas desde que fue implementado el Sistema de Voto Electrónico (SVE), nunca se han encontrado diferencias significativas –más que 1 ó 2 votos menos en pocas cajas de resguardo– entre las papeletas impresas (conteo manual) y el acta de votación (resultado automatizado). Los votos faltantes,  según se ha evidenciado a través de los reportes en las actas de las mesas, han sido destruidos por los votantes que se equivocan en su selección o por votantes que se los llevan sin que nadie se dé cuenta.
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*Con información del libro Auditorías del Sistema Electoral Venezolano, difundido por el Consejo Nacional Electoral en 2010, y del capítulo “Sobre el sistema de voto electrónico en Venezuela”, escrito por Miguel Cañas y Mario Torre, incluido en la publicación del Observatorio Electoral Venezolano El Sistema Electoral Venezolano.